CONDECORACIONES
Ley N° 23.714
Autorizase a ciudadanos a aceptar y usar condecoraciones.
Sancionada: Setiembre 13 de 1989
Promulgada de Hecho: Octubre 11 de 1989,
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Articulo 1° — Autorizase a los
ciudadanos argentinos que se citan a continuación a aceptar y usar las
condecoraciones que en cada caso se mencionan:
A Edison OTERO, la "Condecoración en Honor al Mérito" que le otorgara el gobierno de la República Federal Alemana.
A Ramón Antonio AROSA, la condecoración “Gran Oficial de la Orden al
Mérito de la República Italiana", que le otorgara el Superior Gobierno
de la República Italiana y la condecoración de la “Orden Cruz Peruana
al Mérito Naval en el Grado de Gran Cruz" que le otorgara el Superior
Gobierno de la República del Perú.
A Angel Jesús MISELLI, la condecoración al "Mérito Naval en el Grado de
Caballero" que le otorgara el Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas de
la República de Bolivia.
A Raúl Jesús LLAMES, la condecoración al "Mérito Naval en el Grado de
Caballero" que le otorgara el Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas de
la República de Bolivia.
Art. 2º — Comuníquese al Poder
Ejecutivo.— ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO A. DUHALDE. — Esther H.
Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Alberto J. B. Iribarne.
DADA EN LA SACA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS TRECE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y
NUEVE.