CONDECORACIONES

Ley N° 23.714

Autorizase a ciudadanos a aceptar y usar condecoraciones.

Sancionada: Setiembre 13 de 1989

Promulgada de Hecho: Octubre 11 de 1989,

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

Articulo 1° — Autorizase a los ciudadanos argentinos que se citan a continuación a aceptar y usar las condecoraciones que en cada caso se mencionan:

A Edison OTERO, la "Condecoración en Honor al Mérito" que le otorgara el gobierno de la República Federal Alemana.

A Ramón Antonio AROSA, la condecoración “Gran Oficial de la Orden al Mérito de la República Italiana", que le otorgara el Superior Gobierno de la República Italiana y la condecoración de la “Orden Cruz Peruana al Mérito Naval en el Grado de Gran Cruz" que le otorgara el Superior Gobierno de la República del Perú.

A Angel Jesús MISELLI, la condecoración al "Mérito Naval en el Grado de Caballero" que le otorgara el Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas de la República de Bolivia.

A Raúl Jesús LLAMES, la condecoración al "Mérito Naval en el Grado de Caballero" que le otorgara el Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas de la República de Bolivia.

Art. 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.— ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO A. DUHALDE. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Alberto J. B. Iribarne.

DADA EN LA SACA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.