UNIVERSIDADES NACIONALES
Ley N° 23.749
Créase la Universidad Nacional de Quilmes.
Sancionada: Setiembre 29 de 1989.
Promulgada de Hecho: Octubre 23 de 1989.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° - Créase la Universidad Nacional
de Quilmes.
ARTICULO 2° - La Universidad Nacional de Quilmes tendrá
su sede en la ciudad de Quilmes y se regirá por las disposiciones
legales y reglamentarias vigentes para las universidades nacionales.
ARTICULO 3° - Queda autorizado el Poder Ejecutivo
para gestionar y aceptar del gobierno de la provincia de Buenos
Aires y de la Intendencia de Quilmes, la cesión de los
bienes muebles e inmuebles que constituirán el patrimonio
de la Universidad.
ARTICULO 4° - El Poder Ejecutivo dispondrá
la designación de un rector normalizador y de una comisión
organizadora encargada de estructurar académicamente y
convocar la primera asamblea que dictará los estatutos.
En esta asamblea tendrán representación los docentes
y los estudiantes. El plazo para la normalización no podrá
superar los cuatro años.
ARTICULO 5° - Los gastos que demande la implementación
de la presente Ley serán atendidos con el presupuesto del
Ministerio de Educación y Justicia en el marco de las posibilidades
económicas y del desarrollo armónico de las casas
de altos estudios en el conurbano bonaerense. Queda expresamente
facultado el Ministerio de Educación y Justicia para aceptar
todo tipo de donaciones públicas y/o privadas para este
fin.
ARTICULO 6° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
- ALBERTO H. PIERRI. - EDUARDO A. DUHALDE. - Esther H. Pereyra
Arandía de Pérez Pardo. - Alberto J. B. Iribarne.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.