JUSTICIA

Ley Nº 23.867

Créanse el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 de la ciudad de Salta y una Cámara Federal de Apelaciones con sede en la citada ciudad.

Sancionada: Setiembre 27 de 1990.

Promulgada: Octubre 19 de 1990.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Créase un (1) Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Salta, provincia de Salta, el que se denominará Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 de la ciudad de Salta.

ARTICULO 2º — El Juzgado que se crea tendrá la misma competencia territorial que el actualmente existente en dicha ciudad, el que pasará a denominarse Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1 de la ciudad de Salta.

ARTICULO 3º(Artículo derogado por art. 1º de la Ley Nº 24.656 B.O. 15/07/1996)

ARTICULO 4º — Créase una Cámara Federal de Apelaciones con sede en la ciudad de Salta, provincia de Salta y jurisdicción en las provincias de Salta y Jujuy.

ARTICULO 5º — La Cámara Federal de Apelaciones que por esta ley se crea actuará como Tribunal de Alzada de los Juzgados Federales de su jurisdicción y se integrará con seis (6) miembros que actuarán divididos en dos (2) Salas.

ARTICULO 6º — Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se financiarán con cargo a Rentas Generales.

ARTICULO 7º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Juan Estrada. — Hugo R. Flombaum.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTO NOVENTA.