PRIVATIZACIONES
Decreto Nº 1.131/90
Declárase a Altos Hornos Zapla Construcciones, 'sujeto a privatización".
Bs. As., 15/6/90
VISTO lo establecido por la Ley Nº 23.696, y
CONSIDERANDO
Que el Capitulo II — De las Privatizaciones y Participación del Capital
Privado— de dicha ley establece los procedimientos que de berán
aplicarse para lograr los objetivos propuestos, determinando
especificamente su articulo 9º que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL
cuando lo estime proceden te declarar 'sujeta a privatización" total o
parcial, a la empresa, sociedad, establecimiento o hacienda productiva
cuya propiedad, total o parcialmente, pertenezca al Estado Nacional.
Que dentro de la política de reducción de gastos, tendiente a
racionalizar los recursos disponibles a fin de sobrellevar la actual
crisis socio-económica, se encuentra la de transferir al sector
privado en el menos plazo posible aquellos entes cuya inserción en el
ámbito estatal han perdido justificación.
Que en tal situación se encuentra el establecimiento "ALTOS HORNOS ZAPLA CONSTRUCCIONES".
Que, en consecuencia, y a tenor de lo pres cripto también en el
articulo 9º de la Ley Nº 23.696, una vez declarado por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL que un establecimiento se encuentra "sujeto a
privatización" toca al Poder Legislativo Nacional aprobar formalmente
dicha declaración.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º de la Ley Nº 23.696.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Declárase "sujeto a privatización" el establecimiento "ALTOS HORNOS ZAPLA CONSTRUCCIONES".
Art. 2º — Dése cuenta al Honorable Congreso de la Nación.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. — MENEM. — Humberto A. Romero.