PRIVATIZACIONES

Decreto Nº 1.131/90

Declárase a Altos Hornos Zapla Construcciones, 'sujeto a privatización".

Bs. As., 15/6/90

VISTO lo establecido por la Ley Nº 23.696, y

CONSIDERANDO

Que el Capitulo II — De las Privatizaciones y Participación del Capital Privado— de dicha ley establece los procedimientos que de berán aplicarse para lograr los objetivos propuestos, determinando especificamente su articulo 9º que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL cuando lo estime proceden te declarar 'sujeta a privatización" total o parcial, a la empresa, sociedad, establecimiento o hacienda productiva cuya propiedad, total o parcialmente, pertenezca al Estado Nacional.

Que dentro de la política de reducción de gastos, tendiente a racionalizar los recursos disponibles a fin de sobrellevar la actual crisis socio-económica,  se encuentra la de transferir al sector privado en el menos plazo posible aquellos entes cuya inserción en el ámbito estatal han perdido justificación.

Que en tal situación se encuentra el establecimiento "ALTOS HORNOS ZAPLA CONSTRUCCIONES".

Que, en consecuencia, y a tenor de lo pres cripto también en el articulo 9º de la Ley Nº 23.696, una vez declarado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL que un establecimiento se encuentra "sujeto a privatización" toca al Poder Legislativo Nacional aprobar formalmente dicha declaración.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º de la Ley Nº 23.696.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Declárase "sujeto a privatización" el establecimiento "ALTOS HORNOS ZAPLA CONSTRUCCIONES".

Art. 2º — Dése cuenta al Honorable Congreso de la Nación.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. — MENEM. — Humberto A. Romero.