IMPUESTOS
Ley Nº 23.978
Condónanse deudas de responsables del gravamen de emergencia
a los premios de determinados sorteos y concursos deportivos.
Sancionada: Agosto 14 de 1991.
Promulgada de Hecho: Setiembre 12 de 1991.
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación
Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1º- Condónanse las deudas de los responsables del gravamen de emergencia a los premios de determinados sorteos y concursos deportivos en la proporción correspondiente al aumento de la alícuota del veinticinco por ciento (25 %) al treinta por ciento (30 %) fijada por la Ley 23.351 por los hechos imponibles ocurridos entre la fecha de entrada en vigencia de dicha ley hasta el día anterior a la fecha de entrada en vigencia de la resolución general 2729 de la Dirección General Impositiva.
Las deudas que se condonan comprenden además del gravamen, sus accesorios y sanciones que pudieran corresponder por las omisiones incurridas.
ARTICULO 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM.-Esther Pereyra Arandía de Pérez Pardo.-Hugo R. Flombaum.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.