JUBILACIONES

Decreto 1422/90

Bs. As., 25/7/90

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación Nº 23.794, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM.— Alberto J. Triaca.