JUBILACIONES
Decreto 1422/90
Bs. As., 25/7/90
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 23.794, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM.— Alberto J. Triaca.