CONMEMORACIONES

Ley N° 24.126

Modificación de la Ley 23.945.

Sancionada: Agosto 26 de 1992.

Promulgada de Hecho: Setiembre 21 de 1992.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1° — Modifícase el artículo 2° de la ley 23.945 al que se le agregará el siguiente párrafo:

Las mismas consistirán entre otras, en programas que se emitirán por todos los medios de comunicación tanto públicos como privados, jornadas escolares de información y esclarecimiento, organización de seminarios, cursos y debates, así como también visitas a los establecimientos públicos y privados reconocidos por el Estado, de rehabilitación de adictos.

ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. — ORALDO BRITOS. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.