MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS
Ley N° 24.262
Declárase lugar histórico nacional a los asentamientos de "menhires" en áreas arqueológicas del valle de Tafí en la Provincia de Tucumán.
Sancionada: Octubre 13 de 1993.
Promulgada de Hecho: Noviembre 15 de 1993.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Declarar lugar histórico nacional los asentamientos de "menhires" en las áreas arqueológicas de: El Mollar, el Potrerillo, Rodeo Grande y Tafí del Valle, ubicados en el valle de Tafí, provincia de Tucumán.
ARTICULO 2° — Declarar que cada menhir forma parte del patrimonio cultural del Estado Nacional.
ARTICULO 3° — La Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos instrumentará, de conformidad a la Ley 12.665, lo dispuesto en el artículo 1°.
ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez. — Edgardo Piuzzi.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.