HOMENAJES

Ley 24.273

Establécese que el P. E. N. procederá a eregir un monumento recordatorio de la jura de la bandera nacional ocurrida el 13.2.1813.

Sancionada: Noviembre 10 de 1993.

Promulgada de Hecho: Diciembre 7 de 1993.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1ş — El Poder Ejecutivo Nacional, procederá a erigir un monumento recordatorio de la jura de la bandera nacional ocurrida el 13 de febrero de 1813 en el sitio donde se encuentra un busto del general Manuel Belgrano, el mástil y la piedra fundamental, ubicados en el camino que, al pasar por la Ruta Nş 9 a la altura del Río Juramento, provincia de Salta, recuerda el trascendente hecho histórico.

ARTICULO 2ş — El Poder Ejecutivo Nacional, a través del organismo competente y dentro del plazo de ciento ochenta días de la publicación de esta ley, determinará las características del monumento a erigir así como también procederá a llamar a concurso de anteproyectos para la selección del modelo que deberá ser realizado por profesionales nacionales.

ARTICULO 3ş — Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados a "Rentas Generales".

ARTICULO 4ş — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.