SOCIEDADES COMERCIALES

Ley Nş 24.435

Modificación de las leyes Nros. 19.550 (t.o. 1984) y 23.576.

Sancionada: Diciembre 21 de 1994.

Promulgada: Enero 11 de 1995.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1ş — Modifícase parcialmente el artículo 194 de la Ley 19.550 (t.o. 1984), en lo atinente al "Plazo de ejercicio" el cual queda redactado como sigue:

"Los accionistas podrá ejercer su derecho de opción dentro de los treinta días siguientes al de la última publicación, si los estatutos no establecieran un plazo mayor.

Tratándose de sociedades que hagan oferta pública, la asamblea extraordinaria, podrá reducir este plazo hasta un mínimo de diez días, tanto para sus acciones como para debentures convertibles en acciones."

ARTICULO 2ş — Modifícase el segundo párrafo del artículo 12 de la Ley 23.576, el cual queda redactado como sigue:

"La asamblea extraordinaria puede también suprimir el derecho de acrecer y reducir a no menos de diez días el plazo para ejercer la preferencia, cuando la sociedad celebre un convenio de colocación en firme con un agente intermediario, para su posterior distribución entre el público."

ARTICULO 3ş — Comuníquese al Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. — ORALDO BRITOS. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.