MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
Decreto N° 1370/93
Créase el Centro Nacional de Coordinación.
Bs. As., 5/7/93
VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución 1990/12 del Consejo Económico y Social de las
NACIONES UNIDAS de fecha 24 de mayo de 1990, en la que recomendaba la
celebración de una CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE LA MUJER, y la Resolución
36/8 del mismo órgano internacional sobre los "Preparativos para la
Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer: Acción para la Igualdad, el
Desarrollo y la Paz", y las recomendaciones hechas por el señor
Secretario General de las NACIONES UNIDAS a los gobiernos para
promover los preparativos nacionales para la concreción del aludido
evento.
Que la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer de las
NACIONES UNIDAS recomienda a los Gobiernos establecer un CENTRO
NACIONAL DE COORDINACION para iniciar y promover los preparativos de la
Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer; Acción para la Igualdad, el
Desarrollo y la Paz.
Que el tema en cuestión es de competencia del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO -Dirección General de
Derechos Humanos y de la Mujer-.
Que dicho Centro tendrá a su cargo la organización y coordinación de
las actividades nacionales incluida la recopilación de información y de
estadísticas desglosadas por sexos para la elaboración de informes
nacionales sobre la situación de la Mujer, debiendo presentar informes
periódicamente al señor Secretario General de las NACIONES UNIDAS.
Que el funcionamiento del aludido Centro no significará la creación de nuevos cargos.
Que el cumplimiento del presente Decreto no irrogará gasto alguno.
Que las atribuciones para dictar el presente Decreto, resultan del artículo 86, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1°.- Créase un CENTRO NACIONAL DE COORDINACION en el ámbito
del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO, con competencia para organizar y coordinar las actividades a
nivel nacional para iniciar y promover los preparativos para la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer de las NACIONES UNIDAS, que se
llevará a cabo en el año 1995 en la ciudad de Beijing, República
Popular de China.
Art. 2°.- Desígnase a la Directora General de Derechos Humanos y de la
Mujer del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Art. 3°.- Facúltase a la presidenta del Centro creado por el
art. 1° del presente a integrar dicho organismo con los miembros del
Gabinete Femenino creado por Dto. 84/93, como así también para convocar
a representantes de distintos sectores interesados en la problemática
de la mujer argentina.
Art. 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- MENEM.- Guido Di Tella.