Dirección General Impositiva

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición 86/2004

Solicitud de Certificados Formularios Nº 7366. Nómina de funcionarios autorizados ante la Dirección General de Aduanas.

Bs. As., 22/10/2004

VISTO la Resolución Nº 1231 (DGI) del 24 de agosto de 1994 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por los actos citados en el VISTO se designó a los funcionarios de esta Repartición con facultad para firmar los certificados de exención parcial o total de diferimiento o compensación del Impuesto al Valor Agregado, resultando conveniente disponer que su tramitación corresponda a aquellas dependencias que intervienen en el control impositivo de ese gravamen.

Que razones de índole funcional y operativa indican la necesidad de actualizar la firma de los funcionarios autorizados en el ámbito de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas I y II.

Que la actualización propuesta cuenta con la conformidad de dichas Subdirecciones Generales.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618/97, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

DISPONE:

Artículo 1º — Autorizar para firmar los certificados de exención parcial o total de diferimiento o compensación del Impuesto al Valor Agregado para las importaciones a consumo, a los funcionarios cuyos apellidos, nombres, cargos que desempeñan y firmas facsimilares se consignan en la planilla anexa a la presente.

Art. 2º — Dar por finalizada la facultad asignada al funcionario que a continuación se detalla para firmar los certificados mencionados en el artículo 1º:

AGENCIA Nº 54

• MONGI, Gerardo Daniel

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Horacio Castagnola.

CATALOGO DE FIRMAS DE FUNCIONARIOS AUTORIZADOS A SUSCRIBIR CERTIFICADOS FORMULARIOS Nº 7366 REGLAMENTADOS POR LA DISPOSICION Nº 86/04 (DGI) ANEXO A LA DISPOSICION CITADA

Nº 462.714