MERCOSUR/GMC/RES. Nº 39/98
AJUSTE DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMUN
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 7/94, 22/94 y 15/97 del Consejo del Mercado Común, la resolución Nº 36/95 del Grupo Mercado Común y la Propuesta Nº 11/98 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.
CONSIDERANDO:
Que es necesario efectuar ajustes en la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la Unión Aduanera.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
ARTICULO 1 — Aprobar el Ajuste de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, en sus versiones en español y portugués, que figura como Anexo y forma parte de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1 de la Decisión CMC nº 15/97.
ARTICULO 2 — Los Estados Partes del MERCOSUR incorporarán la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos internos antes del 8/II/99.
XXXII GMC - Río de Janiero, 8/XII/98