MERCOSUR/GMC/RES. Nº 3/99

"REGISTRO DE EMPRESAS DOMISANITARIOS" (COMPLEMENTARIA A LA RESOLUCION GMC Nº 24/96)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones Nº 91/93, 24/96 y 152/96 del Grupo Mercado Común, y la Recomendación Nº 6/98 del SGT Nº 11 "Salud"

CONSIDERANDO:

Que es necesario complementar la Resolución GMC Nº 24/96 de forma de adecuarla para su implementación por los Estados Partes.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Aprobar el documento "Registro de Empresas Domisanitarios" (Complementaria a la "Resolución GMC Nº 24/96)" que es parte integrante de la presente Resolución, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

ARTICULO 2º — Los Estados Parte pondrán en vigencia las disposiciones legislativas reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes organismos:

Argentina:

ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica)

Brasil:

Secretaria de Vigilância Sanitária do Ministério da Saúde

Paraguay:

Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Uruguay:

Ministerio de Salud Pública.

ARTICULO 3º — Los Estados Parte del MERCOSUR deben incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos internos antes del día 9 de setiembre de 1999.

XXXIII GMC - Asunción, 9/III/99