Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios

TRANSPORTE FERROVIARIO

Resolución 944/2004

Instrúyese a la empresa Ferrocarril General Belgrano S.A. para dar continuidad a los trabajos para la normalización del funcionamiento de los talleres de Tafí Viejo, provincia de Tucumán.

Bs. As., 9/12/2004

VISTO el Expediente N° S01:0123964/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto N° 1774 de fecha 23 de agosto de 1993, el Decreto N° 976 de fecha 31 de julio de 2001, el Decreto N° 652 de fecha 19 de abril de 2002 y la Resolución Conjunta N° 131 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y N° 337 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de fecha 26 de septiembre de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la resolución conjunta mencionada en el Visto se instruyó a la empresa FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA a crear dentro de su estructura una UNIDAD DE GESTION con el objeto de poner en adecuado funcionamiento los talleres ferroviarios ubicados en TAFI VIEJO, Provincia de TUCUMAN.

Que para el logro de lo encomendado se afectó, la suma de PESOS UN MILLON ($1.000.000-) de los recursos del FIDEICOMISO creado por el Artículo 12 del Decreto N° 976/01 modificado por el Decreto N° 652/02, correspondiente al SISTEMA FERROVIARIO INTEGRADO (SIFER), al FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA a fín de atender, a través de la UNIDAD DE GESTION, las erogaciones emergentes del cumplimiento de los objetivos dispuestos por el Artículo 1° de la resolución conjunta citada en el párrafo precedente.

Que la SECRETARIA DE TRANSPORTE, con la asistencia de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado intervención en virtud de lo encomendado en el Artículo 5° de la resolución aludida, habiéndose ejecutado a la fecha la totalidad de los recursos oportunamente afectados, por lo que en tal sentido ha solicitado al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS una nueva afectación de fondos del SISTEMA FERROVIARIO INTEGRADO (SIFER), hasta la suma de PESOS UN MILLON ($1.000.000.-) para atender las necesidades emergentes de la actividad que se desarrolla en los talleres de TAFI VIEJO.

Que corresponde en esta instancia instruir nuevamente al FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA a fin de dar continuidad a las tareas encomendadas, afectándose a tales fines, en idénticas condiciones a las establecidas en la Resolución Conjunta N° 131/03 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y N° 337/03 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000) de los recursos del SISTEMA FERROVIARIO INTEGRADO (SIFER).

Que, en consecuencia, resulta conveniente para cumplimentar los objetivos expuestos en los considerandos precedentes, continuar con la encomienda oportunamente realizada a la empresa FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, sin perjuicio de otras acciones que se establezcan en el futuro, relativas al adecuado funcionamiento de los talleres ferroviarios de TAFI VIEJO.

Que a ese efecto la mencionada empresa ha conformado una UNIDAD DE GESTION como parte de su estructura organizativa, asignándosele recursos financieros y humanos indispensables para el logro de los objetivos encomendados lo que ha permitido que la misma se encuentre hoy en normal funcionamiento.

Que la UNIDAD DE GESTION ha presentado a través del FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA a la SECRETARIA DE TRANSPORTE, el plan de trabajos que permita dar continuidad a la labor ya encarada, encomendándose a la mencionada Secretaría para que nuevamente proceda a su aprobación y posterior intervención previo al pago de las acreencias correspondientes.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo dispuesto por el Artículo 9° del Decreto N° 1142 del 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N°1377 del 1° de noviembre de 2001, N° 976 del 31 de julio de 2001, N° 652 del 19 de abril de 2002 y N° 1142 del 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Instrúyese a la empresa FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, para que a través de la UNIDAD DE GESTION creada bajo su estructura organizativa en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 131 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y N° 337 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de fecha 20 de septiembre de 2003, de continuidad a la labor encarada con el objeto de proseguir con el normal funcionamiento de los talleres de TAFI VIEJO, PROVINCIA DE TUCUMAN.

Art. 2° — Instrúyese al FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA para que a través de la UNIDAD DE GESTION de cumplimiento a lo encomendado en el Artículo 1° de la presente resolución, ejecutando el plan de trabajos que deberá aprobar la SECRETARIA DE TRANSPORTE, contando para ello con la asistencia de la SUSBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO.

A tales fines será de aplicación el Reglamento de Compras y Contrataciones de la empresa FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, previéndose la implementación de anticipos financieros de hasta un DIEZ POR CIENTO (10%) de los montos que se afectan en el presente decisorio.

Art. 3° — Aféctase hasta la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-), de los recursos provenientes del FIDEICOMISO creado por el Artículo 12 del Decreto N° 976/01 modificado por el Decreto N° 652/02, correspondiente al SISTEMA FERROVIARIO INTEGRADO (SIFER), a la empresa FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA a fin de atender, a través de la UNIDAD DE GESTION las erogaciones emergentes del cumplimiento de los objetivos enunciados en el Artículo 1° de la presente resolución.

Art. 4° — La SECRETARIA DE TRANSPORTE con la asistencia de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, tomará intervención en toda documentación emitida por la UNIDAD DE GESTION, como paso previo a ordenar el pago de las acreencias afectadas por el Artículo 3° de la presente resolución.

Art. 5° — Notifíquese a la UNIDAD DE COORDINACION DE FIDEICOMISOS DE INFRAESTRUCTURA (UCOFIN) dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, para que incluya en la planificación financiera del SISTEMA FERROVIARIO INTEGRADO (SIFER) el monto de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-) afectado por el artículo 3° de la presente resolución.

Art. 6° — Notifíquese a la empresa FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA y al BANCO DE LA NACION ARGENTINA.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio M. De Vido.