VETO

Decreto 1966/2004

Obsérvase en su totalidad el Proyecto de Ley registrado bajo el N° 25.978.

Bs. As., 29/12/2004

VISTO el Expediente N° S01:347545/2004 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el Proyecto de Ley registrado bajo el N° 25.978 sancionado por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION con fecha 1° de diciembre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Artículo 1° del Proyecto de Ley registrado bajo el N° 25.978 se establece la transferencia a título gratuito a favor de la FACULTAD REGIONAL TUCUMAN de la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL, en condominio con la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMAN, del inmueble empadronado a nombre del ESTADO NACIONAL ARGENTINO, sito en la calle Italia N° 1350 de la Localidad de CONCEPCION del Departamento CHICLIGASTA de la Provincia de TUCUMAN, identificado con Padrón 53204, Matrícula 16583, Orden 484, Circunscripción I, Sección C1, Manzana 104, Parcela 13.

Que asimismo, el Artículo 2° del Proyecto de Ley citado en el Considerando que antecede, establece que la transferencia dispuesta en el artículo anterior se efectúa con el cargo de destinar el inmueble a la realización, conjunta o separadamente por ambas instituciones mencionadas precedentemente, de actividades educativas y de extensión universitaria, para lo que éstas deberán desarrollar una metodología de cooperación y aprovechamiento del predio.

Que en atención a lo expuesto cabe esbozar que a través de los Expedientes N° 001- 003963/93 y su agregado sin acumular N° 001-001492/96 (Legajo N° 116 - E - 29 de la Provincia de TUCUMAN), ambos del Registro del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION de la Provincia de TUCUMAN solicitó la transferencia en los términos de la Ley N° 24.146, del inmueble mencionado precedentemente, el cual resulta ser de propiedad del ESTADO NACIONAL(ex - CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO e. l.), y se halla ubicado en la calle Italia Nros. 1350/52, entre las calles 25 de Mayo y General Roca de la Localidad de CONCEPCION del Departamento CHICLIGASTA de la Provincia de TUCUMAN.

Que el bien en cuestión se halla identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección C1, Manzana 104, Parcela 13, siendo la superficie de terreno, según mensura, de CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SESENTA DECIMETROS CUADRADOS y CINCUENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (433,6057 m2), conforme surge del Plano de Mensura N° 1731, Serie Ñ, aprobado ante la Dirección General de Catastro de la Provincia de TUCUMAN.

Que el inmueble objeto de la presente iniciativa, se halló bajo la titularidad dominial de la ex-CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO en virtud de la compra que le efectuara al Señor Bautista RIGCERIO TRONCOSO plasmada mediante escritura pública N° 973 de fecha 6 de noviembre de 1981 pasada en la Ciudad de SAN MIGUEL DE TUCUMAN ante la Escribana Pública Marta Inés PODESTA, habiéndole sido transferido al ESTADO NACIONAL conforme surge de la escritura pública N° 69 de fecha 14 de marzo de 1996 formalizada por rectificación de denominación ante la ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION, e inscripto el dominio ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de TUCUMAN en la Matrícula Z-4932 - SAN MIGUEL DE TUCUMAN.

Que a través del dictado de la Disposición N° 389 de fecha 16 de diciembre de 2004 emanada de la Dirección Ejecutiva del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), órgano desconcentrado en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se procedió a formalizar a favor de la MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION de la Provincia de TUCUMAN, previo cumplimiento de los recaudos legales exigidos e intervención de las áreas con competencia en la materia del citado Organismo Nacional, y en el ejercicio de las facultades establecidas por el Decreto N° 443 de fecha 1° de junio de 2000 y normativa concordante en la materia, la transferencia del inmueble objeto del proyecto sancionado.

Que la citada transferencia a favor de la MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION de la Provincia de TUCUMAN se dispuso, respecto de un inmueble que se encuentra bajo la órbita del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), órgano desconcentrado en la órbita de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y en los términos de los Artículos 1°, 3° y 7° de la Ley N° 24.146, con las modificaciones introducidas por las Leyes N° 24.383 y N° 24.768, y del Artículo 10 del Decreto N° 776 de fecha 21 de abril de 1993, con el cargo de afectar el inmueble al funcionamiento de su Honorable Concejo Deliberante, hallando encuadre dicho destino en el concepto de infraestructura de servicios, previsto en el Artículo 3° de la Ley N° 24.146, con las modificaciones introducidas por las Leyes N° 24.383 y N° 24.768.

Que asimismo merece consignarse que dicha transferencia se encuentra condicionada al cumplimiento, en tiempo y forma, de los compromisos asumidos por la MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION de la Provincia de TUCUMAN, en los términos de la Ley N° 24.146, con las modificaciones introducidas por las Leyes N° 24.383 y N° 24.768 y del Decreto N° 776 de fecha 21 de abril de 1993.

Que en virtud de lo expuesto, y habiéndose transferido a la MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION de la Provincia de TUCUMAN el inmueble en cuestión, resulta en esta instancia imperioso establecer que sobre el bien objeto de la presente iniciativa la COMISION DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y MUNICIPALES DE LA HONORABLE CAMARA DE SENADORES DE LA NACION requirió información ante el ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB), órgano desconcentrado en la órbita de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que el citado Organismo Nacional a través de su Subgerencia Asuntos Oficiales le informó, a la HONORABLE CAMARA DE SENADORES DE LA NACION, mediante Nota A.M.E. N° 85.128 del 26 de agosto de 2004 acerca de la existencia de la solicitud de transferencia, en los términos de la Ley N° 24.146, efectuada por la MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION de la Provincia de TUCUMAN y encauzada a través de los expedientes administrativos citados precedentemente.

Que, en consecuencia, la norma sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION bajo el N° 25.978, afectaría los derechos que actualmente posee la MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION de la Provincia de TUCUMAN en su carácter de beneficiaria de la transferencia inmobiliaria efectuada al amparo de la Ley N° 24.146, normativa modificatoria y reglamentaria en la materia.

Que por los fundamentos señalados precedentemente, corresponde observar en su totalidad el Proyecto de Ley sancionado por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y registrado bajo el N° 25.978.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 1142, de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que las atribuciones para el dictado de la presente medida se ejercen en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 83 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Obsérvase en su totalidad el Proyecto de Ley registrado bajo el N° 25.978.

Art. 2° — Devuélvase al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el Proyecto de Ley mencionado en el artículo precedente.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER – Alberto A. Fernández – Julio M. De Vido.