Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios

REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Disposición 819/2004

Incorpórase al Registro Seccional de la Propiedad del Automotor de Lincoln a la operatoria de "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito".

Bs. As., 21/12/2004

VISTO la Disposición D.N. N° 515/03 y el Convenio suscripto entre esta Dirección Nacional y la Municipalidad de Lincoln conforme el modelo aprobado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por Expediente N° 135.427/02 y ratificado por Ordenanza Municipal N° 1672/04 y Decreto 755/04.

CONSIDERANDO

Que en virtud de la mencionada Disposición se puso en vigencia, a partir del 1° de octubre de 2003, la operatoria en los Registros Seccionales con jurisdicción territorial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la cual, en forma previa a la inscripción de determinados trámites, se debe solicitar el informe de deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario "13 I" - "Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito".

Que, por el convenio citado, se prevé la implementación de la mencionada operatoria en el Registro Seccional perteneciente a la jurisdicción del municipio firmante.

Que atento a ello, la Municipalidad de Lincoln ha dictado el Decreto 1770/04 por el cual designa a los Encargados de Registro de todo el país como agentes de percepción de las infracciones cometidas en su jurisdicción.

Que, en consecuencia; resulta necesario aplicar las normas de procedimiento previstas en la disposición citada en el Registro Seccional de esa jurisdicción para dar cumplimiento al convenio suscripto.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso c) del Decreto N° 335/88.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

Artículo 1° —Incorpórase al Registro Seccional de la Propiedad del Automotor de la jurisdicción mencionada en el Anexo que forma parte de la presente, a la operatoria de "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito" de conformidad con lo previsto en las Disposiciones D.N. Nros 515/03 y 395/04.

Art. 2° —La presente medida entrará en vigencia el día 27 de diciembre de 2004. Oportunamente, el Departamento Rentas de esta Dirección Nacional dictará el instructivo al cual deberá ajustarse el Registro Seccional.

Art. 3° —Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro y archívese. — Jorge Landau.

ANEXO

- REGISTRO SECCIONAL LINCOLN (01050)