PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE TURISMO

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

Resolución APN Nº 22/2005 del Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia del Directorio

Expediente Nº 843/2003

Bs. As., 18/1/2005

LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES notifica: 1º.- Modifícase el artículo 18º del "Reglamento Unico para la Caza Deportiva de Ciervo Colorado y Jabalí Europeo en los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín", que fuera aprobado por la Resolución H.D. Nº 95/2003, cuyo texto definitivo será el siguiente: "Son considerados ciervos de tipo "A" (Reproductores): aquellos que en sus DOS (2) cuernas muestren una corona de por lo menos TRES (3) candiles a partir de la cuarta cabeza, que no acuse anomalías groseras y que a su vez tenga un desarrollo y peso destacado para su edad".

2º.- Modifícase el artículo 19º del "Reglamento Unico para la Caza Deportiva de Ciervo Colorado y Jabalí Europeo en los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín", que fuera aprobado por la Resolución H.D. Nº 95/2003, cuyo texto definitivo será el siguiente: "Son considerados ciervos de tipo "B" (Selección): los que muestren UNA (1) o no tengan en ninguna cuerna UNA (1) corona de TRES (3) candiles y en su lugar presenten una horqueta de DOS (2) puntas en "V", aquellos cuyas cornamentas sean atípicas, los que tengan deformaciones genéticas notables y los llamados asesinos". 3º.- Apruébase el texto actualizado del "Reglamento Unico para la Caza Deportiva de Ciervo Colorado y Jabalí Europeo en los Parques Nacionales Nahuel Huapi y Lanín", que figura como Anexo I de la presente Resolución. — Firmado: Gpque. JULIO ALBERTO CIURCA, Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia del Directorio.

La versión completa de la Resolución puede ser consultada por los interesados en la sede central de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, sita en la Avda. Santa Fe Nº 690, Capital Federal. — Ing. Agr. HECTOR M. ESPINA, Presidente del Directorio.

e. 25/1 Nº 470.234 v. 25/1/2005