MERCOSUR/GMC/RES. Nş 13/04

GRUPO AD HOC SOBRE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nş 04/91 y 59/00 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que el desarrollo de la Biotecnología moderna ha adquirido especial relevancia en la producción agropecuaria, uno de los sectores de mayor importancia en la economía de los Estados Partes del MERCOSUR.

Que la introducción de la Biotecnología moderna ha generado discusiones en torno a la bioseguridad agropecuaria y de alimentos, que en algunos casos podrían generar restricciones al intercambio comercial y el tránsito de productos.

Que se hace necesario contar con un mecanismo de armonización y coordinación de las distintas políticas referidas a biotecnología agropecuaria que aplica cada Estado Parte.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 – Crear el "Grupo Ad Hoc sobre Biotecnología Agropecuaria" como foro dependiente del Grupo Mercado Común.

Art. 2 – El Grupo Ad Hoc sobre Biotecnología Agropecuaria tendrá por objetivos, entre otros:

- Armonizar y coordinar los Marcos Regulatorios sobre bioseguridad y las normativas relacionadas entre los Estados Partes del MERCOSUR.

- Iniciar el análisis sobre la posible coordinación de las aprobaciones comerciales de OGMs.

- Analizar las implicancias del etiquetado de alimentos derivados de la biotecnología agropecuaria en el plano regional e internacional.

- Realizar consultas entre los Estados Partes del MERCOSUR con miras a coordinar posiciones en el marco de las Negociaciones Internacionales (OMC, CODEX, Protocolo de Cartagena, etc.).

Art. 3 – El Grupo Mercado Común aprobará las pautas de trabajo en su próxima Reunión Ordinaria sobre la base de la propuesta que le elevará el Grupo Ad Hoc sobre Biotecnología Agropecuaria.

Art. 4 – Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

LIV GMC – Buenos Aires, 25/VI/04