MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

Resolución N° 157/2005

Bs. As., 3/3/2005

VISTO el Expediente S01 N°:0041153/2005 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por ACTA ACUERDO celebrada entre la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la PROVINCIA DE SAN JUAN suscripta el 20 de mayo de 2004, la Secretaría se comprometió a ejecutar, financiar, efectuar los pagos y hacer entrega de los edificios escolares en el marco del PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS.

Que el 22 de septiembre de 2004, en el marco de dicho Programa fue suscripto el contrato de obra entre la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS y la empresa SUYAI S.R.L. para la construcción de la "Escuela Educación Popular" - Colonia Gutiérrez - Departamento Santa Lucía - Provincia de SAN JUAN.

Que de conformidad con el ACTA ACUERDO citada, compete a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS efectuar la liquidación y pago correspondiente, al contratista.

Que por Resolución Nº 696/2004 se aprobó la transferencia para el pago del anticipo financiero por PESOS CIENTO CUARENTA MIL SETENTA Y CUATRO CON VEINTE CENTAVOS ($ 140.074,20).

Que la citada Resolución, estableció que en cada certificación presentada por el contratista, deberá descontarse del monto correspondiente al mes de ejecución, el porcentaje correspondiente al anticipo financiero abonado.

Que el contratista SUYAI S.R.L. ha presentado el Certificado de Obra Nº 2 correspondiente al mes de diciembre de 2004, por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MIL TREINTA Y UNO CON CUARENTA CENTAVOS ($ 132.031,40) conformado por el órgano de Gobierno de la Provincia de SAN JUAN.

Que del importe certificado se ha detraído el importe correspondiente al anticipo financiero abonado.

Que por otra parte, el contratista ha presentado la Póliza de Seguro de Caución Nº 36.184 de la compañía RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA por la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000,00), en sustitución del Fondo de Reparo.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9° del Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta conforme las disposiciones del Decreto Nº 2662 del 29 de diciembre de 1992.

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase la transferencia imputable al pago del Certificado Nº 2 por un monto de PESOS CIENTO DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 118.828,26) correspondiente a la obra Construcción Escuela "Educación Popular" - Colonia Gutiérrez - Departamento Santa Lucía - ejecutado en la PROVINCIA de SAN JUAN en el marco del PROGRAMA NACIONAL 700 ESCUELAS por el contratista SUYAI S.R.L.

ARTICULO 2° — Procédase a efectuar la liquidación y pago correspondiente a la empresa SUYAI S.R.L. de conformidad con lo establecido en el ítem a), apartado (iii) del ACTA ACUERDO suscripta entre esta SECRETARIA y la Provincia de SAN JUAN de fecha 20 de mayo de 2004.

ARTICULO 3° — El presente gasto se imputará a la partida específica del Presupuesto vigente para el ejercicio 2005 del Programa 89, Jurisdicción 56.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. JOSE FRANCISCO LOPEZ, Secretario de Obras Públicas.

e. 8/3 N° 473.389 v. 8/3/2005