REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Disposición 163/2005

Incorpórase a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, la operatoria "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito", previsto por las Disposiciones Nos. 515/2003 y 395/2004.

Bs. As., 8/3/2005

VISTO la Disposición D.N. N° 515/03 y el Convenio suscripto entre esta Dirección Nacional y la Municipalidad de Lomas de Zamora (Pcia. de Buenos Aires) conforme el modelo aprobado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por Expte. N° 135.427/02, con fecha 14 de diciembre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la mencionada Disposición se puso en vigencia, a partir del 1° de octubre de 2003, la operatoria en los Registros Seccionales con jurisdicción territorial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la cual, en forma previa a la inscripción de determinados trámites, se debe solicitar el informe de deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario "13 I" "Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito".

Que, por el convenio citado, se prevé la implementación de la mencionada operatoria en el Registro Seccional perteneciente a la jurisdicción del municipio firmante.

Que atento a ello, la Municipalidad de Lomas de Zamora (Pcia. de Buenos Aires) ha dictado el Decreto 315/05 por el cual designa a los Encargados de Registro de todo el país como agentes de percepción de las infracciones cometidas en su jurisdicción.

Que, en consecuencia, resulta necesario aplicar las normas de procedimiento previstas en la disposición citada en los Registros Seccionales de esa jurisdicción para dar cumplimiento al convenio suscripto.

Que la, presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso c) del Decreto N° 335/88.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

Artículo 1° — Incorpórase a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor de la jurisdicción mencionada en el Anexo que forma parte de la presente, a la operatoria de "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito" de conformidad a lo previsto en las Disposiciones D.N. Nros. 515/03 y 395/04.

Art. 2° — La presente medida entrará en vigencia el día 14 de marzo de 2005. Oportunamente, el Departamento Rentas de esta Dirección Nacional dictará el instructivo al cual deberán ajustarse los Registros Seccionales.

Art. 3° — Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro y archívese. — Jorge Landau.

ANEXO

– REGISTRO SECCIONAL LOMAS DE ZAMORA N° 1 (01053)

– REGISTRO SECCIONAL LOMAS DE ZAMORA N° 2 (01122)

– REGISTRO SECCIONAL LOMAS DE ZAMORA N° 3 (01147)

– REGISTRO SECCIONAL LOMAS DE ZAMORA N° 4 (01148)

– REGISTRO SECCIONAL LOMAS DE ZAMORA N° 5 (01167)

– REGISTRO SECCIONAL LOMAS DE ZAMORA N° 6 (01177)

– REGISTRO SECCIONAL LOMAS DE ZAMORA N° 7 (01237)

– REGISTRO SECCIONAL LOMAS DE ZAMORA N° 8 (01255)