MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución GG 90/2005

Bs. As., 22/3/2005

VISTO el Expediente N° 024 - 99 - 80815946 - 1 - 791 del registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES); las Resoluciones de la Gerencia General - A N° 85 del 19 de marzo de 2003, A - N° 154 del 23 de abril de 2003, y A - N° 172 del 19 de mayo de 2003; y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en el Visto, se han dictado las Resoluciones de la Gerencia General de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), A N° 85 del 19 de marzo de 2003; A N° 154 del 23 de abril de 2003; y A N° 172 del 19 de mayo de 2003, que regulan las cuestiones organizativas y funcionales de la COMISION ADMINISTRATIVA REVISORA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (CARSS).

Que en la última reunión del Comité de Coordinación de la CARSS, celebrada el 8 de marzo de 2005, de conformidad con lo establecido por el artículo 19 del Anexo I de la Res. G.G. - A N° 85/03, que aprobara el Reglamento pertinente, se ha evaluado, en orden a la experiencia operativa habida, rever la pauta temporal contemplada para la toma de conocimiento de los recursos de revisión y de queja interpuestos para ante la misma.

Que teniendo en cuenta las distancias entre las dependencias de origen y las de aquellas que intervienen en el circuito de elevación, hasta la definitiva radicación de las causas administrativas en la CARSS, se ha decidido modificar el artículo 17 del Anexo I de la Res. G.G. - A N° 85/03, fijando un plazo de QUINCE (15) días, para la remisión de las actuaciones a la misma, contados a partir de la recepción del recurso en ANSES.

Que cada una en la esfera de su competencia, deberán tomar intervención para implementación de lo dispuesto en esta resolución, la Gerencia Prestaciones y la Gerencia Normatización de Prestaciones y Servicios.

Que consecuentemente, corresponde dictar en el expediente de marras, el pertinente acto administrativo.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Res. SSS N° 17/02.

Por ello,

EL GERENTE GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Sustitúyese el artículo 17 del Anexo I, titulado "Reglamento para la COMISION ADMINISTRATIVA REVISORA DE LA SEGURIDAD SOCIAL (CARSS), de la Resolución GG A - N° 85 de fecha 19 de marzo de 2003, dictada por la Gerencia General de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), el que a partir de la fecha de presente quedará redactado de la siguiente forma: "El recurso de revisión y el recurso de queja para ante la CARSS, deberán ser remitidos a la misma para su sustanciación, dentro del plazo de QUINCE (15) días de recibido en ANSES".

ARTICULO 2° — Establécese que la Gerencia Prestaciones, determinará los plazos que correspondan, a los que deberán ajustarse las distintas áreas de su dependencia, que intervengan en la remisión de los recursos a la CARSS.

ARTICULO 3° — Dispónese la consecuente intervención de la Gerencia Normatización de Prestaciones y Servicios, en orden a efectuar las modificaciones de rigor en el Manual de Procedimientos de ANSES y/o elaborar o ajustar las circulares o normativa que resultare pertinente.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — Dr. EDUARDO M. BUSTOS VILLAR, Gerente General.

e. 30/3 N° 475.232 v. 30/3/2005