PRESIDENCIA DE LA NACION

SINDICATURA GENERAL DE LA NACION

Resolución N° 32/2005

Bs. As., 31/3/2005

VISTO los incisos b) y d) del artículo 112 de la Ley N° 24.156 y la Resolución N° 57/94-SGN, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso b) del artículo 112 de la Ley N° 24.156 faculta al Síndico General de la Nación a organizar y reglamentar el funcionamiento de la Sindicatura General en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, incluyendo el dictado y modificación de la estructura orgánico-funcional y el estatuto del personal.

Que a través del inciso d) del artículo 112 de la Ley N° 24.156 se posibilita la celebración de contrataciones de personal para la realización de trabajos específicos, estacionales o extraordinarios, que no puedan ser realizados por su planta permanente, fijando las condiciones de trabajo y su retribución.

Que según las consideraciones expuestas precedentemente, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION se encuentra habilitada para establecer un régimen de contrataciones que reconozca los derechos consagrados por la normativa que resulta aplicable al resto del personal de la Administración Pública Nacional.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 112 inc. b) y d) de la Ley N° 24.156.

Por ello,

EL SINDICO GENERAL DE LA NACION

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el "Régimen de Contrataciones de Personal de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION" que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CLAUDIO O. MORONI, Síndico General de la Nación.

ANEXO I

REGIMEN DE CONTRATACIONES DE PERSONAL DE LA SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

DE LA SOLICITUD DE LA CONTRATACION

Artículo 1°. La solicitud de contratación de personal deberá ser efectuada por los respectivos Gerentes o funcionarios con nivel equivalente. Dicho requerimiento debe contener:

a) las razones que aconsejan la celebración del contrato y la identificación del carácter de los servicios a contratar según sea:

I. Estacional, en este caso se deberá describir las características y razones de la estacionalidad, o,

II. Transitorio, según ello responda a:

1) Incremento extraordinario de las tareas a cargo del sector

2) Inexistencia o indisponibilidad de personal de planta permanente afectable a dichos servicios.

Asimismo, deberá darse justificación detallada de la imposibilidad de atender los servicios, actividades o resultados a producir mediante la contratación propuesta, con el personal de la Planta Permanente del organismo, según sea el caso, previa consulta con el titular de la unidad de Recursos Humanos.

b) Los objetivos generales y específicos, las actividades y los resultados parciales y finales que se procuran obtener o alcanzar, según los estándares cuantitativos y cualitativos que correspondan y, en su caso, el cronograma del programa de trabajo respectivo a cumplimentar por el contratado.

c) La propuesta para el perfil de requisitos a satisfacer por el contratado, los que deberán ser pertinentes con lo postulado en el inciso precedente.

d) La denominación precisa de la función o del puesto de trabajo que resulte equivalente, o, la que mejor describa la naturaleza de las tareas a emprender.

e) La propuesta de equiparación retributiva al nivel o categoría escalafonaria del régimen que se aplique al personal de Planta Permanente de SIGEN. Esta equiparación deberá ser propuesta considerando los requisitos mínimos establecidos en dicho régimen para el nivel o categoría escalafonaria correspondiente, y según el nivel de responsabilidad, autonomía y complejidad que conlleven las tareas o servicios a contratar.

f) La certificación extendida por el responsable de los servicios técnicos administrativos de la existencia del financiamiento correspondiente.

En ningún caso se podrá propiciar una contratación cuya vigencia exceda el ejercicio presupuestario en curso.

DEL PERSONAL A CONTRATAR

ARTICULO 2°. — Las personas propuestas para contratar deberán satisfacer, además de las exigencias propias de las tareas o servicios a desarrollar, los requisitos previstos para el acceso al agrupamiento, categoría y función correspondiente al cual se propicie equiparar sus retribuciones.

Resultan de aplicación los requisitos previstos en el Régimen de Ingresos, establecido en el Estatuto del Personal de la SIGEN, cuya verificación deberá ser previa a la celebración de la contratación y constatada por el titular de la Unidad de Recursos Humanos.

ARTICULO 3°. — Se deberá constituir o actualizar, según sea el caso, Legajo Unico Personal de toda persona contratada, dentro de los TRES (3) días hábiles de notificada la contratación.

A este efecto, la persona a contratar deberá declarar la existencia, identificación y última localización de su Legajo Unico Personal, si correspondiera.

DE LA RETRIBUCION DEL PERSONAL CONTRATADO

ARTICULO 4°. — EI contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de SIGEN, al que corresponda equipararlo según las funciones a desarrollar y los niveles de responsabilidad, autonomía y complejidad consecuentes.

La remuneración será ajustada de manera directamente proporcional a la dedicación horaria que se fijara en el respectivo contrato.

DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES

ARTICULO 5° — El personal contratado tendrá los deberes y prohibiciones establecidos en el Estatuto del Personal de SIGEN para el personal de planta permanente, sin perjuicio de los que impongan las leyes, decretos y resoluciones especiales, resultando de aplicación asimismo el régimen de incompatibilidades aprobado por Decreto 8566/61.

ARTICULO 6° — El personal contratado bajo esta modalidad gozará de los derechos que fueran compatibles con su situación de revista, a saber:

a) Licencias previstas en el Estatuto del Personal de SIGEN, art. 35, incisos a), b), c), f) y h), en tanto no resulten incompatibles con el presente régimen.

b) Interposición de recursos.

c) Renuncia.

d) Higiene y seguridad en el trabajo.

e) Capacitación.

f) Compensaciones vinculadas con gastos asociados a la actividad.

g) Asistencia social para sí y su familia, conforme lo establecen las disposiciones vigentes en materia de obras sociales y asignaciones familiares.

h) Jubilación.

El personal contratado tendrá los derechos arriba enunciados a partir de la vigencia de los respectivos contratos y hasta el término de la relación contractual.

A los fines de la licencia anual ordinaria, la antigüedad será considerada desde el inicio del contrato.

En el caso de discontinuidad de la relación contractual la licencia anual ordinaria no utilizada deberá serle abonada al contratado.

ARTICULO 7° — El personal sujeto al presente Régimen carece de estabilidad. Cada una de las partes podrá rescindir en cualquier momento el presente contrato notificando por escrito a la otra parte con una anticipación no inferior a TREINTA (30) días. La rescisión del contrato por parte de SIGEN operará de pleno derecho con la sola comunicación fehaciente dada por escrito al CONTRATADO y procederá sin expresión de causa y sin conceder derecho a indemnización o compensación alguna en favor del CONTRATADO.

El CONTRATADO deberá prestar servicios hasta la completa finalización del período antes citado.

MODELO DE CONTRATO

CONTRATO N° .....................

En la ciudad de …...........................................… a los ......... días del mes de ................................ del año ..... se celebra el presente contrato de prestación de servicios por tiempo determinado y en carácter transitorio, en el marco de lo dispuesto en los inc. b) y d) del artículo 112 de la Ley N° 24.156 y de la Resolución N° ...... SGN y en un todo de acuerdo con los términos y condiciones particulares que más adelante se enuncian, entre la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, en adelante el CONTRATANTE, representado en este acto por …............................ ................................................................................…, con domicilio real en la Avenida Corrientes 389 de la ciudad de Buenos Aires por una parte, y, por la otra, lo hace EL/LA CONTRATADO/ A …….................................................... con Documento Nacional de Identidad N° .............................……, quien declara ser mayor de edad, de estado civil …........… , con estudios de nivel …........… y título de …........................… y domicilio real en .............................................................…................................… de la ciudad de ….........................................................................................................................……........

El CONTRATADO declara también cumplir las condiciones y no estar incurso en los impedimentos para prestar servicios en este Organismo, de conformidad con lo previsto en el art. 2° del Anexo I de la Resolución antes citada.

1. — OBJETO Y FUNCIONES.

PRIMERA: El CONTRATADO prestará servicios en carácter de ….................… (denominación de la función) …….....................................................................................................................................

SEGUNDA: El CONTRATADO prestará sus servicios con la dedicación horaria dispuesta para el personal de la Sindicatura General de la Nación, de acuerdo con las necesidades del servicio, las condiciones generales y las actividades que se enumeran, junto con los compromisos, estándares y cronograma previstos para la obtención de resultados, que también suscriben las partes contratantes como Anexo A integrante del presente contrato.

TERCERA: Las actividades a realizar por el CONTRATADO podrán sufrir modificaciones para ser adecuadas al desarrollo del trabajo en función del mejor logro del cometido del contrato, ajustándose de ser necesario el citado Anexo A.

CUARTA: EI CONTRATADO se obliga a realizar la prestación del servicio encuadrando su conducta contractual dentro de los términos de referencia del citado Anexo A y de las disposiciones legales que rigen esta contratación, a las que declara conocer y aceptar en todos sus términos, poniendo en su ejecución la máxima diligencia y eficiencia y de conformidad con las prácticas ajustadas al buen ejercicio laboral, administrativo, técnico y/o profesional.

QUINTA. — EI CONTRATADO deberá velar en todo momento, por proteger los intereses de la CONTRATANTE y por no actuar en forma contraria a dichos intereses, adoptando todas las medidas que fueren razonables para la concreción de los servicios y resultados comprometidos. Asimismo, el CONTRATADO será responsable de la custodia, buen uso y conservación de los recursos financieros, materiales, científicos y/o tecnológicos que se pongan a su disposición, así como de la debida coordinación del/con el personal que colabore en el cometido del presente contrato.

2. — DIRECCION DEL CONTRATO

SEXTA. — EI CONTRATADO prestara servicios en la Gerencia de..................../Secretaria General............ y deberá responder a las instrucciones de la Autoridad de reporte de la que dependa.

SEPTIMA. — EI CONTRATADO estará sujeto a los métodos, horarios y normas de trabajo que le imparta dicha Autoridad o su representante.

3. — DURACION DEL CONTRATO

OCTAVA. — EI presente Contrato tendrá una vigencia de ................ (LETRA Y NUMERO) meses a partir del día …… del mes de …….................. de 20 …… hasta el día …… del mes de....... de 20....

NOVENA. — Se deja establecido expresamente que este contrato no importa una expectativa o derecho a prórroga en beneficio del CONTRATADO, pudiendo ser prorrogado o renovado únicamente por acuerdo entre las partes mediante la suscripción de otro contrato. La continuación en la prestación de servicios, una vez operado el vencimiento del presente contrato, no importará en modo alguno la tácita reconducción del mismo, aún cuando las tareas fijadas en los términos de referencia excedan el plazo total fijado en la cláusula anterior. El CONTRATADO bajo ninguna circunstancia, tendrá derecho al pago de servicios que declare haber cumplido o hubiera cumplido una vez concluida la vigencia estipulada en el presente contrato.

4. — RETRIBUCION

DECIMA. — EI CONTRATADO percibirá como retribución por sus servicios, una remuneración mensual equivalente a la asignada al Nivel/Categoría (LETRA/NUMERO)........ ......... del Escalafón del Personal de la Sindicatura General de la Nación, la que estará sujeta a las correspondientes deducciones impositivas, previsionales y de seguridad social establecidas por la legislación vigente.

5. — DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES

DECIMA PRIMERA. — El personal contratado tendrá los deberes y prohibiciones establecidos en el Estatuto del Personal de SIGEN para el personal de planta permanente, sin perjuicio de los que impongan las leyes, decretos y resoluciones especiales, resultando de aplicación asimismo el régimen de incompatibilidades aprobado por Decreto 8566/61.

DECIMA SEGUNDA. — El personal contratado gozará de los derechos contemplados en el art. 6° del Anexo I de la Resolución N° 32/05 SGN

6. — INTRANSFERIBILIDAD

DECIMA SEGUNDA. — A todos los efectos se entiende y así se acuerda que el presente contrato es intuitu personae, por lo que queda expresamente prohibida la cesión total o parcial del mismo.

7. — RESCISION

DECIMA TERCERA. — Cada una de las partes podrá rescindir en cualquier momento el presente contrato notificando por escrito a la otra parte con una anticipación no inferior a TREINTA (30) días. La rescisión del contrato por parte de SIGEN operará de pleno derecho con la sola comunicación fehaciente dada por escrito al CONTRATADO y procederá sin expresión de causa y sin conceder derecho a indemnización o compensación alguna en favor del CONTRATADO.

El CONTRATADO deberá prestar servicios hasta la completa finalización del período antes citado.

8. — DERECHO DE PROPIEDAD

DECIMA CUARTA. — Los derechos de propiedad de autor y de reproducción, así como cualquier otro derecho intelectual de cualquier naturaleza que sea, sobre cualquier informe, trabajo, estudio u obra producida como consecuencia de este contrato pertenecerán exclusivamente a la CONTRATANTE. Ello no obstará a que se proceda a la debida identificación del CONTRATADO como autor, coautor o colaborador, según corresponda.

9. — lNFORMACION NO PUBLICADA. CONFIDENCIAL

DECIMA QUINTA. — EI CONTRATADO no podrá comunicar a persona alguna, la información no publicada o de carácter confidencial de la que haya tenido conocimiento con motivo de la ejecución de las obligaciones emanadas del presente contrato, salvo que así lo requiera su cometido o que la CONTRATANTE lo hubiera autorizado expresamente para hacerlo.

Esta obligación de reserva o confidencialidad seguirá en vigor aún después del vencimiento del plazo de la rescisión o resolución del presente contrato, haciéndose responsable el CONTRATADO de los daños y perjuicios que pudiera irrogar la difusión de datos o informes no publicados.

10. — COMPETENCIA

DECIMA SEXTA. — A los efectos legales que pudieran surgir sobre las previsiones o aplicación del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción del Fuero en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en ………………, constituyendo las partes, domicilio legal a todo efecto: el CONTRATANTE en ....... y el CONTRATADO en ......... renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción.

En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

e. 29/4 N° 478.274 v. 29/4/2005