Creación de una Comisión.

DECRETO Nº 4.657

Bs. As., 13/10/71

VISTO el expediente Nº 3.433/71 del Registro del Ministerio de Cultura y Educación, originado en la nota del Instituto Argentino de Museólogos y por medio de la cual sugiere la instalación del "Museo de la Ciudad de Buenos Aires" en el edificio de propiedad del Estado Nacional, ubicado en la calle Perú Nros. 222/72 entre Moreno y Alsina, antiguamente conocido como "Manzana de las Luces", y

CONSIDERANDO:

Que en el referido predio tuvieron su asiento desde la época colonial, instituciones como el Real Colegio de San Carlos, Templo de San Ignacio, Museo de Historia Natural, Academia de Jurisprudencia, Consejo de Obras Públicas, Legislatura, Escribanía Mayor de Gobierno, Consejo de Higiene Pública, Departamento de Escuelas, Archivo General de la Nación, Concejo Deliberante y otras que han gravitado decisivamente en nuestra formación espiritual científica e intelectual, por haber sido escuela de nuestros próceres y testigo de hechos que halagan los sentimientos de veneración patriótica de los argentinos;

Que aún se conserva en el referido inmueble el local donde sesionó la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires de 1822 a 1883, que fuera inaugurada el 1º de mayo de 1822 en una acto de gran solemnidad presidido por el Gobernador Brigadier General Martín Rodríguez;

Que en este recinto, tal como se encuentra en la actualidad, se desarrollaron importantísimos acontecimientos de gran trascendencia histórica, entre ellos la reunión del Congreso General Constituyente que el 7 de febrero de 1825 designa Presidente de la República a Bernardino Rivadavia, en el que prestó juramento solemne y la Ley de Capitalización de Buenos Aires;

Que siendo misión del Gobierno resguardar los valores espirituales y el patrimonio histórico de la Nación es necesario conservar y restaurar los citados edificios, cuyo destino definitivo debe ser estudiado por una comisión especial designada para tal fin;

Por ello y de acuerdo con lo propuesto por el señor Ministro de Cultura y Educación,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Créase una Comisión Nacional para estudiar el destino definitivo de los edificios históricos ubicados en la calle Perú Nros. 222/72 entre Alsina y Moreno, propiedad del Estado Nacional Argentino, con exclusión de las partes ocupadas por el Templo de San Ignacio y el Colegio Nacional Buenos Aires.

(COMISION NACIONAL DE LA MANZANA DE LAS LUCES disuelta en razón del agotamiento de su objeto previsto en el presente artículo, por art. 2° del Decreto N° 108/2013 B.O. 5/2/2013)

Art. 2º — La Comisión Nacional queda ampliamente facultada para proponer al Poder Ejecutivo todas las medidas que considere necesarias para tal fin, quedando autorizada para recabar la colaboración de organismos nacionales y municipales.

Art. 3º — La Comisión Nacional estará integrada por los señores: Secretario de Cultura de la Presidencia de la Nación.; Intendente Municipal de la Ciudad de Buenos Aires; Rector de la Universidad de Buenos Aires y Escribano General del Gobierno de la Nación. (Ministro de Cultura y Educación sustituido por el Secretario de Cultura de la Presidencia de la Nación por art. 1º del Decreto Nº 411/2005 B.O. 5/5/2005).

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección del Registro Oficial y archívese.

LANUSSE.

Gustavo Malek.

Arturo Mor Roig.