Secretaría de Hacienda

SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL

Resolución 97/2005

Establécese que el mencionado Servicio, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ingresará a la Tesorería General de la Nación los importes correspondientes a los remanentes y/o excedentes de los Ejercicios 1996, 1997 y 1998. Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005.

Bs. As., 6/5/2005

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2005, aprobado por la Ley Nº 25.967, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS cuenta con remanentes y/o excedentes financieros correspondientes a los años 1996, 1997 y 1998.

Que dichos remanentes y/o excedentes financieros encuentran su origen en el Fondo de Reembolso instituido a partir de lo dispuesto por el inciso c) del Artículo Nº 121 de la Ley Nº 24.660 de Ejecución Privativa de la Libertad y en la suscripción de Convenios con Gobiernos Provinciales.

Que el citado Servicio no cuenta con una norma con jerarquía de Ley que le permita la apropiación de esos remanentes y/o excedentes financieros.

Que, en consecuencia, dichos saldos deben ser ingresados a la TESORERIA GENERAL DE LA NACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 12 de la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005.

Que la percepción de dichos excedentes se destinará en su totalidad a Aplicaciones Financieras.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del último párrafo del Artículo 12 de la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005.

Por ello,

El SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2005, de acuerdo con el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — El SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS ingresará a la TESORERIA GENERAL DE LA NACION dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, los importes correspondientes a los remanentes y/o excedentes de los Ejercicios 1996, 1997 y 1998 a los QUINCE (15) días de suscrita la presente medida.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Mosse.

__________

NOTA: Esta Resolución se publica sin las planillas anexas. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar