MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

MERCOSUR/CCM/ACTA N° 02/05

LXXIV REUNION DE LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR

Se realizó en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, entre los días 30 de marzo y 1º de abril de 2005, bajo la Presidencia Pro Tempore del Paraguay, la LXXIV Reunión Ordinaria de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, con la presencia de las Delegaciones de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay.

Fueron tratados los siguientes temas:

1. EVALUACION Y APROBACION DE LOS PROGRAMAS DE TRABAJO ANUAL DE LOS ORGANOS DEPENDIENTES DE LA CCM (Comités Técnicos), ART. 9°, DEC. CMC N° 59/00

De acuerdo a lo dispuesto en la Decisión CMC N° 59/00, la CCM aprobó los Programas de Trabajo correspondiente al año 2005, para los Comités Técnicos N° 1 "Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías", Nº 2 "Asuntos Aduaneros", N° 3 "Normas y Disciplinas Comerciales", N° 5 "Defensa de la Competencia" así como el "Comité de Defensa Comercial y Salvaguardias" (ANEXO VII – MERCOSUR/LXXIV CCM/DT Nº 11/05 - CT Nº 2, CT Nº 3, CT Nº 5 y CDCS).

No obstante, con relación al formato de presentación de los Programas de Trabajo, la CCM reiteró la necesidad de cumplir con la instrucción impartida por el GMC (Acta 04/04 - DI N° 11/04 Rev.1) y, en ese sentido, instruyó al CT Nº 1 a que su propuesta sea adecuada al formulario indicado en el mencionado documento, para su presentación en la próxima reunión de la CCM, sin perjuicio de que dé inicio a sus actividades programadas para el 2005.

En lo referente al Programa de Trabajo del CT N° 2 "Asuntos Aduaneros" y con relación a la tarea 1 "Revisión de la Dec. CMC Nº 17/94 Valoración Aduanera incluyendo la Armonización de los procedimientos en Materia de Control de Valoración", la CCM definirá en su próxima reunión la fecha de conclusión de la misma.

La PPTP presentó una propuesta de Programa de Trabajo para el año 2005 del CT N° 7 "Defensa del Consumidor". El mismo cuenta con la aprobación de las Delegaciones de Argentina, Brasil y Paraguay. Por su parte la Delegación de Uruguay informó que se manifestará al respecto en la próxima reunión de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.

Asimismo, la CCM instruyó a los Comités Técnicos que aún no lo han realizado, a que presenten en la siguiente reunión de la CCM con posterioridad a las reuniones ordinarias de cada Comité, un informe detallado, de acuerdo a lo establecido en la Dec. CMC Nº 59/00, conteniendo una evaluación del grado de implementación y conclusión de las actividades ejecutadas durante el año 2004, en el marco de sus respectivos Programas de Trabajo.

2. SEGUIMIENTO DE LAS TAREAS E INSTRUCCIONES A LOS COMITES TECNICOS

2.1. CT Nº 1 "Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías"

La CCM recibió el informe de la Coordinación Nacional de la PPTP sobre los principales resultados de la CIV Reunión Ordinaria del CT Nº 1, realizada en Asunción, entre los días 7 y 11 de marzo de 2005.

En ese sentido, aprobó el Proyecto de Resolución Nº 01/05 sobre las modificaciones al AEC, el cual consta en el ANEXO IV RESERVADO.

Con referencia a los temas elevados a la CCM, se menciona lo siguiente:

a) NCM 2841.90.29 Ferrito de estroncio (Nº de orden 459)

El caso se refiere a la solicitud de Argentina de incremento en el AEC de 2% a 10% para el Ferrito de estroncio, por existir producción nacional.

La Delegación de Brasil informó que, en este momento, no está en condiciones de aprobar este pedido y solicitó a la Delegación de Argentina que actualice los datos a partir de los años 2002 a 2004 sobre importación, exportación, producción y venta del producto en cuestión.

La Delegación de Argentina aclaró que no está solicitando una apertura arancelaria sino la inclusión del ferrito de estroncio dentro del ítem correspondiente al ferrito de bario (NCM 2841.90.21).

Las Delegaciones de Paraguay y Uruguay aprobaron la solicitud argentina.

b) NCM 2933.99.99 Propaquizafop (Nº de orden 529)

NCM 3808.30.29 A base de propaquizafop (N° de orden 538)

NCM 2933.99.62 Triadimefón (N° de orden 556)

NCM 3808.20.29 A base de triadimefón (N° de orden 560)

El caso se refiere a una solicitud de la Delegación de Argentina para elevar el AEC de 2% a 14%, para los principios activos, y de 8% a 14%, para los productos formulados.

Las Delegaciones de Brasil y Paraguay expresaron que no se encuentran en condiciones de aprobar dichos incrementos.

La Delegación de Uruguay expresó que acompaña la solicitud de Argentina.

La Delegación de Argentina subrayó, con relación al tratamiento del tema en el CT Nº 1, la necesidad de que cada caso sea analizado técnicamente de manera particular no vinculando su resolución a la consideración de otras solicitudes. En este sentido, recordó que el CT Nº 1 debe limitarse a constatar la existencia o no de producción regional y a asignar el arancel correspondiente, lo que no ha sucedido en la consideración de estos productos.

La Delegación de Argentina solicitó el tratamiento del tema en el ámbito del GMC.

Por otra parte, la Delegación de Argentina solicitó aclaraciones respecto de la afirmación de Brasil realizada en el CT Nº 1 con relación a los Dictámenes de Clasificación Arancelaria, en el sentido de la coexistencia de normas nacionales y federales en dicho país.

Al respecto, la Delegación de Brasil informó que la estructura recomendada por la Organización Mundial de Aduanas, para la elaboración de juicios de clasificación, es la descentralización. En ese sentido, los dictámenes de clasificación arancelaria en Brasil son emitidos por diez Regiones Fiscales y que, en el caso de eventuales divergencias que puedan ocurrir en relación a las propuestas de clasificación emitidas por cada una de dichas regiones, la solución es dada por la Coordinación General de Administración Aduanera, a través de su División de Nomenclatura.

Con relación a los casos elevados a la CCM y al GMC, la CCM recibió el inventario elaborado por el CT Nº 1 (detallado en el Acta 1/05, punto 3.4, de dicho CT) sobre solicitudes de modificación arancelaria que están pendientes de resolución en los ámbitos de la CCM y el GMC.

2.1.1 Propuesta de corrección de Norma

A solicitud de la Delegación de Brasil, la SM elaboró propuestas de corrección de las Resoluciones GMC Nº 65/01 y Nº 39/02, en su versión en portugués, sobre las cuales las delegaciones manifestaron su conformidad e instruyeron a la SM a realizar las fe de erratas correspondientes.

La Delegación de Brasil circuló proyectos de Resolución con las correcciones acordadas para la aprobación del próximo Grupo Mercado Común (ANEXO XIV RESERVADO – MERCOSUR/LXXIV CCM/DT Nº 13/05).

2.2. CT Nº 2 "Asuntos Aduaneros"

La CCM tomó nota del informe presentado por el Coordinador Nacional de Paraguay sobre los resultados de la XXXIV Reunión Ordinaria realizada en Asunción, entre los días 14 y 17 de marzo de 2005. En la ocasión, las Delegaciones del Comité efectuaron una evaluación de las actividades desarrolladas durante el año 2004, según consta en su Acta N° 01/05.

Asimismo, informó que el CT procedió al análisis de la Recomendación CPC N° 10/04, la cual sugiere la coordinación de acciones y políticas aduaneras, comerciales y fiscales conjuntas para el combate al contrabando (Acta 01/05, Punto 8). En ese sentido, de manera de permitir la coordinación entre los distintos órganos del MERCOSUR en el tema, y a los efectos de dar cumplimiento a la instrucción impartida a este CT por el GMC en su LVI Reunión (Acta 04/04), el Coordinador de la PPTP solicitó que se precise el alcance de la misma y se promueva la realización de reuniones conjuntas con los demás órganos competentes, efectuándose las convocatorias correspondientes a este CT para la participación respectiva por parte de los órganos superiores del MERCOSUR.

Además, el Coordinador de la PPTP en el CT N° 2 brindó detalles acerca de los trámites adoptados por el mencionado Comité en relación a la readecuación y prórroga de ejecución de la II Fase del Proyecto de Cooperación Aduanera MERCOSUR-UE, y también sobre las actividades relacionadas con la simplificación y armonización de procedimientos aduaneros, previstas en el Programa de Trabajo presentado por el Comité para el año 2005.

Por otro lado, el CT Nº 2 realizó una presentación en power point sobre el estado de situación actual del funcionamiento y de la utilización del sistema de intercambio de información aduanera a través de sistemas informatizados – SINTIA (Sistema Informático de Tránsito Internacional Aduanero) y INDIRA (Intercambio de Información de los Registros Aduaneros) y que están vinculados con la implementación de la Decisión CMC Nº 54/04 "Eliminación y Doble Cobro del AEC y Distribución de la Renta Aduanera", Art. 4°, letra b (tema tratado en el Punto Nº 6 del Acta).

La CCM consideró los Proyectos de Directiva Nº 01/05 y Nº 02/05 "Reglamentos Administrativos y Operacionales de las Areas de Control Integrado de Santana do Livramento (BR) / Rivera (UY) y Jaguarão (BR / Rio Branco (UY).

Al respecto, instruyó al CT Nº 2 que compatibilice las versiones en español y en portugués, de ambos proyectos, teniendo en cuenta la propuesta de corrección elaborada por la SM.

Con respecto a la instrucción de la LVI GMC, la CCM informa al GMC que, no obstante haber sido concluidos los trabajos de revisión de la Res. GMC Nº 117/94 "Norma relativa a transporte de encomiendas en ómnibus de pasajeros de línea regular" en el ámbito del CT Nº 2, se estimó necesario proceder al análisis adicional del proyecto, a la luz de modificaciones surgidas de las consultas internas efectuadas en los términos de la Dec CMC Nº 20/02.

2.3 CT Nº 3 "Normas y Disciplinas Comerciales"

La CCM tomó nota del informe presentado por el Coordinador Nacional de Paraguay sobre los resultados de la XLI Reunión Ordinaria de CT Nº 3, realizada en Asunción, entre los días 14 y 16 de marzo de 2005.

El Coordinador de la PPTP del CT Nº 3 informó que se cumplió con las instrucciones impartidas por la CCM, relativas a la adecuación de su programa de trabajo, el informe sobre requisitos específicos de origen para la NCM 5402.33.00, y el proyecto de Directiva para establecer la forma de identificación en el Certificado de Origen de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1° de la Resolución GMC N° 37/ 04 "Reglamentación de la Decisión CMC Nº 41/03".

Las delegaciones coinciden que es necesario conferir transparencia y solidez jurídica a la interpretación al Régimen de Origen del MERCOSUR. De esa manera la CCM instruye al CT Nº 3 a revisar sus Actas desde enero 2004 a fin de elevar, bajo la forma de proyecto de norma MERCOSUR, toda la materia referente a definición de aspectos relativos a la interpretación y operacionalidad del Régimen de Origen del MERCOSUR.

En ese sentido, las Delegaciones de Argentina y de Brasil identificaron que el consenso alcanzado por el CT Nº 3 en el Punto 5 del Acta 01/05 (campo de observaciones del Certificado de Origen) y en el Anexo IV del Acta de la XXXIX Reunión (propuesta de texto explicativo sobre el llenado del Certificado de Origen) constituyen modificaciones al Régimen de Origen y requieren ser aprobadas por Directivas e internalizadas por los Estados Partes.

2.4 Comité de Defensa Comercial y Salvaguardias (CDCS)

La CCM tomó nota del informe presentado por el Coordinador Nacional de Paraguay sobre los resultados de la XXXIX Reunión Ordinaria de CDCS, realizada en Asunción, entre los días 14 y 15 de marzo de 2005.

La CCM solicitó a la PPTP en el sentido de que la próxima reunión del CDCS coincida con la reunión del SGT Nº 2, a fin de continuar con los temas pendientes.

3. CONSULTAS

3.1 . Nuevas Consultas

- Consulta de Brasil a Paraguay

3.2. Consultas en Plenario

4 ORIGEN

4.1 Análisis de la Viabilidad de la Autocertificación de Origen

La Delegación de Brasil continúa realizando consultas internas, así como algunos ajustes a la nueva propuesta sobre este punto.

El tema permanece en Agenda.

4.2 Actualizaciones periódicas de la Decisión CMC N° 1/04

Las delegaciones realizaron comentarios sobre las diferentes metodologías a ser aplicadas en las actualizaciones periódicas en el marco del Régimen de Origen MERCOSUR.

La Delegación de Argentina señaló la importancia de contar con textos normativos actualizados en todas las materias, y en ese sentido recordó lo expresado anteriormente respecto de desarrollar un sistema de actualización periódica de textos normativos, tomando como base la experiencia argentina del sistema INFOLEG.

La CCM solicita a la SM que se expida, en la próxima reunión de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, sobre la posibilidad de elaborar una base de datos específica para las actualizaciones del Régimen de Origen MERCOSUR.

Las Delegaciones de Brasil, Paraguay y Uruguay coincidieron en que el DT Nº 28/04 Rev. 1 (LXXII CCM- Anexo X) debería considerarse como una base para el respectivo proyecto de Directiva ya que viabilizaría las actualizaciones de la Dec. CMC Nº 01/04.

La Delegación de Argentina reiteró lo expresado en la anterior CCM, en el sentido que consideró que el número de modificaciones realizadas al Régimen de Origen MERCOSUR no justifica la adopción de un mecanismo específico para su actualización.

El tema continúa en la Agenda de la CCM.

4.3 Requisitos específicos de Origen para bicicletas

La Delegación de Uruguay reiteró que no se encuentra en condiciones de avanzar en el tema, considerando que a la fecha, permanecen inalteradas las dificultades de acceso al mercado argentino.

La Delegación de Paraguay manifestó su imposibilidad de acompañar la propuesta de Requisitos Específicos para las Bicicletas, independientemente que continuarán realizando consultas internas.

La Delegación de Argentina reiteró su posición manifestada en la pasada reunión de la CCM.

El tema se mantiene en agenda.

4.4 Requisito específico para pre-formas PET

La Delegación de Uruguay mantiene su posición ya expresada en esta CCM y espera la presentación de nuevos elementos por parte de los demás Estados Partes, ya que la adopción de un Requisito Específico de Origen para pre-formas PET está relacionado no solamente con el mantenimiento del actual flujo de comercio, sino también con la producción actualmente existente en las áreas aduaneras especiales.

La Delegación de Paraguay reiteró que no está en condiciones de acompañar la solicitud.

El tema se mantiene en agenda.

4.5 Decisión CMC Nº 41/03 – Régimen de Origen MERCOSUR

La PPTP informó que solicitó a la Secretaría General de la ALADI, conforme lo acordado en la última Reunión de la CCM, la elaboración de una lista por país en la que indicará la fecha en la cual cada producto alcanzará la preferencia citada en el Artículo 5° de la Resolución GMC N° 37/04, en el marco del ACE Nº 59. La Secretaría General de la ALADI informó que enviará una respuesta a la PPTP en el plazo de 10 días aproximadamente.

La CCM aprobó la Directiva Nº 1/05 "Régimen de Origen MERCOSUR" (ANEXO IV) incorporando la mención a la Dec. CMC Nº 29/03.

4.6 Requisito específico de origen para la subpartida 3204.17 – Colorantes pigmentarios y preparaciones a base de estos colorantes

La Delegación de Uruguay informó que el tema sigue siendo analizado a nivel interno. El mismo, continúa en el ámbito de la CCM.

4.7 Interpretación del inciso "d" Art 3º de la Dec. CMC Nº 1/04 "Régimen de Origen MERCOSUR"

El tema continúa en el ámbito de la CCM.

4.8 Solicitud de modificación del requisito de origen de la NCM 5402.33.00 hilo de poliéster texturizado

Conforme lo instruido en su LXXIII Reunión, la CCM recibió el informe del CT Nº 3 sobre la solicitud de modificación del requisito con la información técnica disponible y la posición de las delegaciones y su utilización, para orientar las discusiones en el ámbito de la CCM.

Las Delegaciones de Argentina y de Brasil manifestaron que no fueron presentados elementos de juicio que permitan reconsiderar sus posiciones sobre este tema.

Dicha solicitud se mantiene en agenda para la próxima Reunión de la CCM.

5. DEFENSA COMERCIAL Y DE LA COMPETENCIA

5.1 Finalización de los Reglamentos Comunes de Defensa Comercial frente a Terceros Estados

Las delegaciones intercambiaron opiniones con vistas a dar cumplimiento a lo establecido en la Dec. CMC 51/04, que establece el plazo para la finalización de los Reglamentos Comunes de Defensa Comercial frente a Terceros Estados.

En ese sentido, analizaron los trabajos técnicos que el CDCS viene realizando para la conclusión de los temas pendientes en los reglamentos como el capítulo de disposiciones transitorias, la compatibilización de redacción de textos en español y en portugués e instaron a los miembros del CDCS a profundizar estos trabajos.

Las delegaciones acordaron en que la conclusión de los aspectos técnicos de los Reglamentos Comunes por el CDCS no implica necesariamente la existencia de consenso sobre todos los puntos en discusión. En ese sentido, si fuera el caso, los proyectos de Reglamento Común deberán ser elevados a la CCM con alternativas en corchetes en lo que respecta a los puntos en disenso.

5.2 Vigencia del Reglamento de Salvaguardias

Las delegaciones seguirán analizando este punto en la próxima reunión.

5.3 Definir los mecanismos y condiciones para la eliminación de los instrumentos de defensa comercial intrazona

Las delegaciones intercambiaron comentarios sobre las propuestas presentadas por los Estados Partes sobre mecanismos y condiciones para la eliminación de los instrumentos de defensa comercial intrazona.

La PPTP se comprometió a realizar un documento que incluya un consolidado con las observaciones efectuadas por los Estados Partes a la propuesta de Uruguay y otro que compare las propuestas de Brasil y Paraguay.

La CCM acordó continuar discutiendo el tema en la próxima reunión.

5.4 "Entendimiento sobre Cooperación entre las Autoridades de Defensa de la Competencia de los Estados Partes del MERCOSUR para el Control de Concentraciones Económicas de Ambito Regional"

La CCM eleva a consideración del GMC el Proyecto de Decisión Nº 1/05 sobre "Entendimiento sobre Cooperación entre las Autoridades de Defensa de la Competencia de los Estados Partes del MERCOSUR para el Control de Concentraciones Económicas de Ambito Regional" (ANEXO IV RESERVADO).

6. IMPLEMENTACION DE LA DECISION CMC N° 54/04 "Eliminación del Doble Cobro del AEC y Distribución de la Renta Aduanera"

Las delegaciones prosiguieron con el análisis en general de los temas encomendados por la Dec. CMC Nº 54/04 a la CCM y, en particular, aquellos trabajos iniciados.

- Reglamentación de lo establecido en los Arts. 1º y 2º de la Dec. CMC Nº 54/04

Las delegaciones intercambiaron opiniones respecto a los próximos cursos de acción en relación a lo establecido en el art. 3º de la Dec. CMC Nº 54/04. En ese sentido, acordaron la necesidad de definir una serie de aspectos que se requerirá para la implementación de lo dispuesto en el art. 2º de la citada Decisión.

- Lista positiva de bienes

Las delegaciones de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay presentaron a la PPTP sus respectivas listas positivas de bienes a los cuales se aplica 0% de AEC, excluyendo aquellas excepcionadas del AEC. El listado común contiene 680 líneas de la NCM y consta en el ANEXO VIII RESERVADO – MERCOSUR/LXXIV CCM/DI Nº 05/05.

Asimismo, las Delegaciones de Argentina y Brasil presentaron sus listas positivas de bienes a los cuales se aplica 100% de preferencias arancelarias en el marco de los Acuerdos MERCOSUR-Chile y MERCOSUR-Bolivia, respectivamente. La Delegación de Paraguay presentó igualmente su lista, con carácter preliminar, sujeta a confirmación.

La Delegación de Uruguay informó que debido a un motivo justificado, no ha podido enviar su lista de preferencias y se comprometió a enviarla a la brevedad.

En relación a estos envíos de información, la PPTP circuló un Informe a la fecha sobre el cumplimiento de los compromisos de envíos de información especificados en el punto 6. del Acta 01/ 05 de la CCM (ANEXO IX RESERVADO – MERCOSUR/LXXIV CCM/DI Nº 06/05).

Una vez concluido el proceso de envíos de información, la PPTP procederá a consolidar las mismas en un solo documento de manera a constituir la lista final que contenga las líneas arancelarias en las cuales todos los Estados Partes apliquen el 100% de preferencias arancelarias a Chile y a Bolivia, respectivamente, a partir del 1º de enero de 2006.

Asimismo, la CCM consideró importantes los trabajos de transposición de Nomenclaturas NALADISA-96 a NMC-2002 que se tiene previsto concluir en el ámbito del CT Nº 1. En ese sentido, se instruye a este CT a organizar las reuniones extraordinarias necesarias a fin de concluir este trabajo para el mes de septiembre de 2005.

En relación a los demás Acuerdos en los cuales el MERCOSUR tiene previsto aplicar 100% de preferencias, a partir del 1º de enero de 2006, las delegaciones acordaron iniciar los trabajos en oportunidad de la próxima reunión de la CCM.

La Delegación de Brasil comunicó un cambio en los puntos focales asignados para esa delegación. El cambio consiste en incorporar la siguiente dirección electrónica maria.castro@receita.fazenda.gov.br en sustitución de dario.silva-filho@receita.fazenda.gov.br.

- Art. 4º de la Dec. CMC Nº 54/04

a) El Código Aduanero del MERCOSUR;

La CCM reiteró la necesidad de aguardar la definición de los temas que están siendo considerados en el ámbito del Grupo Mercado Común. En ese sentido, la PPTP recordó que deberían estar presentes en la próxima reunión del GMC las autoridades aduaneras y otros órganos competentes nacionales, de forma a avanzar en este punto.

b) La interconexión en línea de los sistemas informáticos de gestión aduanera existentes en los Estados Partes;

De acuerdo a la instrucción impartida en la última CCM, el CT Nº 2 presentó un informe de los trabajos que viene desarrollando y que están relacionados con la interconexión en línea de los sistemas informáticos de gestión aduanera existentes en los Estados Partes, los cuales constan en el punto 2.2 del Acta.

La CCM instruyó al CT N° 2 que presente, en la próxima reunión de la Comisión, un relevamiento de los datos técnicos aduaneros necesarios para que la CCM dé inicio a los trabajos de implementación del Art. 4, inc. b) de la Dec. CMC Nº 54/04. En ese sentido, la CCM convoca a dicho Comité a una reunión extraordinaria entre los días 20 y 22 de abril de 2005, con la participación de sus Subcomités de Informática Aduanera y de Procedimientos Aduaneros.

c) Un mecanismo de distribución de renta aduanera:

Las Delegaciones realizaron comentarios sobre el documento de trabajo presentado por la Delegación de Argentina (RESERVADO – MERCOSUR/LXXIII CCM/DT Nº 8/05). En ese sentido, acordaron continuar su análisis en oportunidad de la próxima reunión ordinaria de la CCM.

- Régimen de Origen

La CCM acordó continuar el tratamiento del tema en su próxima reunión.

7. RES. GMC Nº 69/00 "ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO"

7.1 Resinas de Petróleo

La Delegación de Argentina solicitó que el tema permanezca en la agenda de la Comisión de Comercio, para que sea tratado en su próxima reunión, en los términos del artículo 11 de la Decisión CMC N° 69/00.

7.2 Solicitud argentina de reducción al 2% del AEC de la partida arancelaria 2812.10.11 tricloruro de fósforo

Las Delegaciones de Brasil, Paraguay y Uruguay informaron no tener inconvenientes en relación al pedido.

La CCM aprobó la Directiva Nº 2/05 la cual consta en ANEXO IV.

7.3 Revisión de la Resolución GMC Nº 69/00

La Delegación de Brasil circuló una propuesta de modificación de la Resolución GMC N° 69/00 (ANEXO X RESERVADO – MERCOSUR/LXXIV CCM/DT Nº 12/05), aclarando que fueron introducidos tres nuevos aspectos:

a) Ampliación del plazo-límite para el mecanismo de aplicación de la Resolución.

b) En los casos en que el producto objeto de solicitud esté sujeto a un desabastecimiento estacional, las medidas podrán ser renovadas sin necesidad de cumplir el plazo límite de aplicación de la medida, y

c) Si la CCM entendiera que son persistentes las condiciones de desabastecimiento, podrá encaminar la solicitud para el análisis de una reducción definitiva en el CT Nº 1.

Las delegaciones intercambiaron informaciones sobre la propuesta brasileña, la cual será objeto de consultas internas. Asimismo, se comprometieron a manifestarse al respecto en la próxima reunión ordinaria de la CCM.

No obstante, la Delegación de Argentina informó que no podrá acompañar la propuesta brasileña y que mantiene su propuesta de revisión, circulada en la LXXI CCM (DT N° 37/04).

7.4 Evaluación de la Aplicación de la Resolución GMC Nº 69/00 por los Estados Partes.

Las Delegaciones de Paraguay y Uruguay informaron no tener registros de utilización de estas medidas de reducción arancelaria por razones de abastecimiento.

El tema sigue en agenda.

8. ARANCEL EXTERNO COMUN

8.1 Pedidos de modificación arancelaria

8.1.1 NCM 2924.29.93 Metalaxil; NCM 3808.20.29 A base de metalaxil; NCM 2933.99.99 Quizalofop- P-Etil; NCM 3808.30.29 A base de Quizalofop-P-Etil; NCM 2934.99.51 Tebutiuron y NCM 3808.30.29 A base de Tebutiuron

La Delegación de Brasil informó que está concluyendo las consultas internas necesarias para definir su posición.

La Delegación de Argentina lamentó que pese al tiempo transcurrido la Delegación de Brasil no haya podido consensuar a nivel interno una respuesta a la solicitud de modificación arancelaria. Asimismo, solicitó que se eleve el tema al GMC, para tratamiento en su LVII Reunión.

8.1.2.- NCM 3926.90.30 Bolsas para uso en medicina (Nº de orden 522)

La CCM instruyó al CT Nº 1 a que en su próxima reunión analice nuevamente este tema.

8.1.3.- Hojas de Cobre Refinado

La Delegación de Argentina recordó que el tema fue objeto de tratamiento en la CCM durante el año 2001, oportunidad en que Brasil y Paraguay acompañaron el pedido argentino, mientras que Uruguay había objetado la norma técnica con la que fue realizado el análisis de pureza de cobre, solicitando en aquella oportunidad, un análisis bajo la norma ISO 1554. En esta oportunidad, la Delegación de Argentina circuló un informe de ensayo realizado por el INTI, de una muestra de fecha de producción del mes de octubre de 2004, según la norma mencionada, el cual se incluye como ANEXO XII – MERCOSUR/LXXIV CCM/DI Nº 08/05.

La Delegación de Uruguay señaló que esa no era la única objeción realizada y que analizará el tema internamente para pronunciarse en la próxima reunión.

El tema sigue en la agenda de la Comisión de Comercio.

8.2 Lista de Excepciones y universos de BK y BIT

8.2.1. Actualización de Listas de Excepciones y de Universos de BK y BIT vigentes en los países

La PPTP circuló un resumen sobre las informaciones enviadas por los Estados Partes, a través de los puntos focales establecidos en el Acta 01/05 de la CCM, respecto a las listas de excepciones al AEC vigentes al 31 de diciembre de 2004, en dólares CIF, discriminando en MERCOSUR y resto del mundo (Anexo XI RESERVADO – MERCOSUR/LXXIV CCM/ DI Nº 07/05).

En esta oportunidad, la Delegación de Argentina presentó sus listas de 100 ítems, de Bienes de Capital y de Bienes de Informática y Telecomunicaciones (Anexo XIII – MERCOSUR/LXXIV CCM/ DI Nº 09/05).

La Delegación de Brasil sugirió que las listas consolidadas por la PPTP sean remitidas a la Secretaría del MERCOSUR, para divulgación en su página web. Esta propuesta seguirá siendo analizada en próximas reuniones.

8.2.2. Evaluación del comercio de los productos de las listas de excepciones y de los universos de BK y BIT

La PPTP presentó un informe conteniendo un resumen de los datos enviados a través de los puntos focales (ANEXO XI- DI 7/05 de esta Acta). Asimismo, entregó en soporte magnético, a los Estados Partes, los datos recibidos hasta la fecha.

Las delegaciones se comprometieron a completar sus informaciones antes de la próxima reunión de la CCM. En ese sentido, la PPTP se comprometió a, una vez completadas las informaciones, realizar una consolidación de las mismas.

8.3. Listas nacionales de Bienes de Informática y Telecomunicaciones importados con arancel cero (Art. 5º Dec. CMC Nº 33/03)

El tema sigue en agenda, quedando pendiente que Argentina presente su lista.

9. REGIMENES ADUANEROS ESPECIALES DE IMPORTACION

9.1 Decisión CMC Nº 33/03 – Régimen Común para Bienes de Informática y Telecomunicaciones, Artículo 2º

Las delegaciones intercambiaron opiniones sobre la conclusión del régimen común para BIT prevista para fines del año 2005. La Delegación de Brasil informó que el tema continúa en análisis interno.

La CCM continuará el tratamiento del tema en su próxima reunión.

9.2 Decisión CMC Nº 34/03 - Régimen Común para Bienes de Capital

Las delegaciones informaron sobre el proceso de internalización de la Decisión CMC N° 34/03, que aprueba el Régimen Común para Bienes de Capital y que entrará vigencia a partir de 2006.

En la anterior reunión de la CCM, las Delegaciones de Argentina, Brasil y Uruguay habían notificado la incorporación de la respectiva normativa a su legislación nacional. En esta oportunidad, la Delegación de Paraguay informó que tiene incorporada parcialmente la Decisión CMC Nº 34/03 y que se encuentra pendiente la incorporación del régimen común.

Asimismo, señaló que se debe trabajar en el ámbito de la CCM la conformación de la lista común de bienes de capital que estarán contemplados en dicho régimen. La Delegación de Argentina informó que está preparando una lista de base para la confección de la lista común. Por su parte, la Delegación de Brasil entregó la lista de ex–tarifarios, incluyendo los sistemas integrados con arancel a 2%, que constituye para dicho país una primera aproximación para la conformación de la lista común.

Se continuará el tratamiento del tema en la próxima CCM.

9.3 Régimen Común de Industria Naval

Con relación a la propuesta de la Delegación de Argentina propuesta en la última reunión de la CCM (Anexo XXI Reservado MERCOSUR/LXXIII CCM/DT Nº 10/05) sobre el establecimiento de un régimen común de industria naval, las Delegaciones de Brasil, Paraguay y Uruguay informaron que se encuentran analizando dicha propuesta a nivel interno.

Al respecto, las delegaciones acordaron continuar con el análisis en la próxima reunión.

9.4 Evaluación de las legislaciones nacionales relativas a los regímenes aduaneros especiales

La PPTP recordó que la Delegación de Argentina, en la pasada reunión de la CCM, hizo entrega de un documento con un listado de los regímenes que, a su entender, no constituyen regímenes especiales de importación, brindando la justificación pertinente (LXXIII CCM - DT CCM Nº 09/05).

La Delegación de Argentina solicitó conocer de las demás delegaciones, la evaluación de dicho documento, así como consideró conveniente que los restantes Estados Partes aporten similar información respecto de sus regímenes.

La Delegación de Uruguay informó que procedió a un análisis preliminar del mencionado Documento de Trabajo presentado por la Delegación de Argentina. Expresó que en el tratamiento del tema por la CCM se deberá tener en cuenta la definición de regímenes especiales de importación que figura en la Dec. CMC Nº 69/00.

Las delegaciones recordaron que la Secretaría de MERCOSUR había sido instruida a efectuar un relevamiento amplio de las legislaciones de los Estados Partes en materia de regímenes especiales, con el objetivo de identificar semejanzas y diferencias y facilitar los trabajos de armonización previstos en la Dec. CMC Nº 69/00. A esos efectos, destacó la importancia de que se examine el documento Nº 24/04 "Versión preliminar del análisis de las legislaciones nacionales sobre mecanismos de draw back y admisión temporaria en Argentina y en Brasil", presentado por la Secretaría del MERCOSUR.

Las delegaciones intercambiaron informaciones sobre el mandato recibido por el CMC en el sentido de definir los regímenes aduaneros especiales que serán objeto de eliminación y armonización, teniendo en cuenta el plazo establecido del 1° de enero de 2006.

9.5 Evaluación de los datos estadísticos de utilización de regímenes aduaneros especiales de importación

La CCM solicita a la Delegación de Paraguay que brinde a la Secretaría del MERCOSUR los datos estadísticos nacionales de utilización de regímenes aduaneros especiales de importación, los cuales son necesarios para dar seguimiento al trabajo iniciado por la SM, cuya versión preliminar consta del Documento de Trabajo N° 023/04 "Inventario y resumen de la información recibida", circulado en la V Reunión de la CCM Extraordinaria.

El tema será tratado en la próxima Comisión de Comercio.

9.6 Incorporación de las Decisiones CMC NºS 32, 33 y 34/03

Sobre este tema, la Delegación de Argentina había informado sobre la incorporación de dichas Decisiones en la LXIII Reunión de la CCM, y la Delegación de Uruguay lo había realizado en su última Reunión,

La Delegación de Brasil, que había incorporado la Decisión Nº 34/03, informó que la Dec.CMC Nº 32/03 está en el estado final de incorporación y que la Decisión Nº 33/03 no precisa incorporación ya que tiene un carácter programático.

La Delegación de Paraguay informó que está realizando los esfuerzos junto a los órganos nacionales competentes para la pronta incorporación de dicha normativa MERCOSUR.

10. ARANCELES CONSOLIDADOS EN LA OMC

La Delegación de Paraguay informó que continúan los trabajos internos que se vienen realizando en materia de transposición de su lista consolidada al SA-2002.

Las delegaciones acordaron retomar el tratamiento del tema en la próxima CCM, con vistas a analizar y definir la metodología de trabajo para dar seguimiento al tema.

11 ASPECTOS ADUANEROS

11.1 Implementación de la Resolución GMC N° 34/04 "Simplificación de Procedimientos Aduaneros en el Comercio Intra-MERCOSUR"

La PPTP señaló que, en la pasada reunión de la CCM, las Delegaciones acordaron aportar los elementos necesarios para el tratamiento de los siguientes puntos referentes a la Resolución GMC N° 34/04, a saber:

- Calificación de los operadores comerciales autorizados,

- Alcance de los beneficios en materia de simplificación y armonización de procedimientos aduaneros,

- Implementación del artículo 2, y

- Cronograma de trabajo.

En relación al punto sobre calificación de los operadores comerciales autorizados, el Coordinador del CT N° 2 de Paraguay, informó que se efectuó un análisis de la cuestión, y señaló que Brasil dispone de reglamentación nacional sobre el tema.

Teniendo en cuenta la complementación entre los cuatro puntos anteriormente mencionados, la CCM acordó iniciar el tratamiento de la calificación de los operadores comerciales autorizados.

En ese sentido, las delegaciones acordaron presentar sus listados de operadores nacionales autorizados en base a los parámetros indicados en el parágrafo 1º del Artículo 1° de la Resolución GMC N° 34/04. Dicha información debería incluir el universo nacional de operadores, empresas y productos que podrían estar abarcados por la referida Resolución.

Al respecto, la Delegación de Brasil recordó que las informaciones referentes al Art. 1° de la Resolución ya se encuentran, en parte, disponibles en el Anexo V del Acta 01/05 del Subcomité de Procedimientos Aduaneros del CT N° 2.

11.2 Norma sobre Valoración Aduanera

El Coordinador de la PPTP en el CT N° 2 informó que Uruguay presentó el cuadro comparativo de los procedimientos de control aduanero de valor aplicados en los Estados Partes. Asimismo, comunicó que dicho proyecto será considerado en la próxima reunión del CT Nº 2.

12. DEC. CMC Nº 26/03 - DISCIPLINAS PARA INCENTIVOS

La Delegación de Brasil informó no estar aún en condiciones de presentar una propuesta para el tratamiento de las disciplinas de los incentivos intrazona.

El tema será analizado en la próxima CCM.

13. PROYECTOS DE COOPERACION

Las delegaciones reiteraron la importancia de identificar los proyectos de cooperación que consideren prioritarios, con vistas a realizar el seguimiento del desarrollo de los mismos.

La CCM solicitó al GMC que instruya al CCT para realizar un informe sobre los proyectos desarrollados en el MERCOSUR, específicos del área comercial, sobre su financiamiento y estado de avance de su ejecución.

14 OTROS ASUNTOS

14.1 Situación de las Normas con plazo de incorporación vencido

La CCM recibió del CT Nº 1 el informe sobre las normas con plazo de incorporación vencido. En este sentido, se informó que ningún Estado Parte cuenta con normas de modificación arancelarias aprobadas entre los años 1991 y 1999 que no hayan sido incorporadas a sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales.

La CCM reiteró las instrucciones a los CTs. en el sentido de que presenten a la Comisión de Comercio informes periódicos y actualizados sobre nuevas incorporaciones que se efectúen y sobre la situación de incorporación de las normas elaboradas en su ámbito, con plazo de incorporación vencido, con indicación de las razones por las cuales las mismas no fueron incorporadas en el plazo establecido.

14.2 Base de datos de dictámenes de clasificación arancelaria

La Secretaría del MERCOSUR procedió a la actualización de la información brindada en la anterior CCM en cuanto a la implementación de un sistema que posibilite la inclusión en la página web de la SM de los Dictámenes Nacionales de los Estados Partes en materia de Clasificación Arancelaria.

Luego de un intercambio de informaciones por parte de las delegaciones y la SM, la CCM solicitó a la SM, para su próxima reunión, que presente un documento detallado con las consultas que necesitan respuesta de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.

La CCM acordó continuar con esta discusión en la próxima reunión.

PROXIMA REUNION

La CCM acordó realizar la LXXV Reunión, los días 26 al 28 de Abril de 2005 en Montevideo.

ANEXOS:

Los Anexos que forman parte de la presenta Acta son los siguientes:

Anexo I

Lista de Participantes

Anexo II

Agenda

Anexo III

Resumen de Acta

Anexo IV

Normas y RESERVADO Proyectos de Normas

Anexo V

Nueva Consulta

Anexo VI

Consulta en Plenario

Anexo VII

MERCOSUR/LXXIV CCM/DT Nº 11/05 Programas de Trabajos aprobados (CT Nº 2, CT Nº 3, CT Nº 5 y CDCS)

Anexo VIII

RESERVADO – MERCOSUR/LXXIV CCM/ DI Nº 05/05 Informe sobre listado común conteniendo 680 líneas de la NCM

Anexo IX

RESERVADO – MERCOSUR/LXXIV CCM/ DI Nº 06/05 Informe sobre Implementación de la Dec. CMC Nº 54/04, presentado por la PPTP

Anexo X

RESERVADO – MERCOSUR/LXXIV CCM/ DT Nº 12/05 Propuesta sobre modificación de la Res. GMC Nº 69/00 Acciones Puntuales en el ámbito Arancelario por Razones de Abastecimiento, presentada por Brasil

Anexo XI

RESERVADO – MERCOSUR/LXXIV CCM/ DI Nº 07/05 Informe sobre Actualización de Listas de Excepciones vigentes en los países, presentado por la PPTP

Anexo XII

MERCOSUR/LXXIV CCM/ DI Nº 08/05 Informe sobre ensayos térmicos actualizado por la INTI, presentado Argentina

Anexo XIII

MERCOSUR/LXXIV CCM/ DI Nº 09/05 Lista de 100 ítems, de Bienes de Capital y de Bienes de Informática y Telecomunicaciones, presentada por Argentina

Anexo XIV

RESERVADO MERCOSUR/LXXIV CCM/DT Nº 13/05 Proyectos sobre Modificaciones de la NCM y su correspondiente AEC, presentado por Brasil

Firmas