MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE

ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

Resolución 4367/2005

Bs. As., 6/6/2005

VISTO la Ley Nº 24.156 y los Decretos Nº 229, del 8 de marzo de 2000, y Nº 103, del 25 de enero de 2001, y

CONSIDERANDO

Que por el primero de los decretos citados en el VISTO se creó el Programa "CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO", con el objeto de instrumentar compromisos de servicio por parte de los organismos públicos prestadores directos, donde se transparenten las condiciones y modalidades operativas de las prestaciones así como los derechos que, con relación al tema, asisten a los ciudadanos.

Que el precitado decreto, al precisar el ámbito de aplicación del Programa, dispuso que el mismo alcanzaba a los organismos comprendidos en el artículo 8º de la Ley Nº 24.156, que define la integración del Sector Público Nacional.

Que la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, como organismo descentralizado que actúa en jurisdicción del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, integra el Sector Público nacional y debe, por ende, instrumentar la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO.

Que como integrante del Sector Público Nacional, alcanza también a esta Administración lo dispuesto por el segundo de los decretos citados en el VISTO, por el que se aprobó el PLAN DE MODERNIZACION de la Administración Pública que figura como Anexo I del decreto y uno de cuyos títulos está referido, precisamente, a la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO.

Que como responsable de la administración e implementación de una porción del Fondo Solidario de Redistribución, la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES debe asumir con el máximo grado de rigor, el resguardo no sólo formal, sino también material, de los servicios y prestaciones que brinda por mandato legal.

Que la calidad de los servicios que presta, constituye un derecho permanente de la ciudadanía y como tal un imperativo de irrenunciable cumplimiento por parte del Organismo.

Que la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO, resultará de vital importancia para el funcionamiento interno de la Organización, considerando que el compromiso público que se asumirá, en cuanto a la definición de estándares en los servicios y prestaciones que esta Administración brinda, redundará en una significativa mejora en la calidad de atención de los Agentes del Seguro de Salud y consecuentemente de todos los ciudadanos.

Que resulta procedente incluir en la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO a todas las unidades operativas del Organismo.

Que en el marco reseñado, resulta competente la Gerencia General para la implementación de la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO y para entender en la coordinación y evaluación de su desarrollo.

Que por todo lo expuesto, es procedente dictar el acto administrativo respectivo.

Por ello y de acuerdo con lo dispuesto a través de los Decretos Nº 53/98 y Nº 167/02,

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES

RESUELVE

ARTICULO 1º — Impleméntase en todo el ámbito de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO, que como ANEXO integra la presente, por las razones y en un todo de acuerdo con lo expuesto en los CONSIDERANDOS que anteceden.

ARTICULO 2º — Dispónese que la Gerencia General del Organismo será la encargada de la implementación de la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO, entendiendo en la coordinación y evaluación de su desarrollo. Asimismo, mediante la utilización de todos los medios de difusión existentes, impulsará una política de comunicación externa e interna, tendiente a poner en conocimiento del personal de este Organismo, de los agentes del seguro de salud y de la ciudadanía, la vigencia y los compromisos asumidos en el Programa CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO.

ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y, oportunamente, archívese. — Lic. EUGENIO DANIEL ZANARINI, Interventor, Adm. de Programas Especiales.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 — Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar

e. 13/6 N° 482.295 v. 13/6/2005