Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

SUPLEMENTOS DIETARIOS


Disposición 3467/2005


Prohíbese la comercialización del producto
“Suplemento dietario a base de Colina, Inositol, Metionina y Cromo, en tabletas, marca Premier Vitamins Reduce Fat-Fast with Chromium Picolinate”, importado de los Estados Unidos de Norteamérica por la firma Sprayette S.A. y sin inscripción vigente

Bs. As., 9/6/2005

VISTO el expediente N° 1-47-2110-2232-05-6 de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y,

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos solicita por Memorando N° 732/05 información con res-
pecto a la autorización del producto “Suplemento dietario marca Reduce Fat-Fast”, cuyo titular es la firma SPRAYETTE S.A - RNE 00031011.

Que atento a ello el Departamento Inspectoría del Instituto Nacional de Alimentos lleva a cabo la inspección O. I. N° 264/05 con Acta de Toma de Muestra N° 77/05, por la que se extrajeron muestras del producto: “Suplemento dietario a base de Colina, Inositol, Metionina y Cromo en tabletas, marca Premier Vitamins Reduce Fat-Fast with Chromiun Picolinate” - RNPA N° 0520001, Lote 091104, vencimiento 11/07.

Que el Servicio Alimentos Especiales del Instituto Nacional de Alimentos informa que el certificado de inscripción del “Suplemento dietario a base de Colina, Inositol, Metionina y Cromo en tabletas, marca Premier Vitamins Reduce Fat-Fast with Chromiun Picolinate” importado de los Estados Unidos de Norteamérica por la firma SPRAYETTE S.A. - RNE 00031011, otorgado el 15 de julio de 1998, se encuentra vencido.

Que a la fecha, el referido producto no tiene vigente su inscripción, por lo que resulta ilegal al no contar con certificado de inscripción, en consecuencia corresponde imputar a la firma SPRAYETTE S.A. y a su director técnico infracción al artículo 155 del Código Alimentario Argentino.

Que en razón de la falta de inscripción del mencionado producto y en virtud del artículo 9° de la ley 18.284 y al art. 4° del decreto 341/92, corresponde prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del referido producto, debido al incumplimiento de la Resolución MS y AS n° 74/98.

Que el Instituto Nacional de Alimentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/92 y el Decreto N° 197/02.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DISPONE:

Artículo 1° — Prohíbese, conforme art. 9° de la ley 18.284 y al art. 4° del decreto 341/92, la comercialización en todo el territorio nacional del producto “Suplemento dietario a base de Colina, Inositol, Metionina y Cromo, en tabletas, marca Premier Vitamins Reduce Fat-Fast with Chromium Picolinate”, R.N.P.A. N° 0520001 importado de los Estados Unidos de Norteamérica por SPRAYETTE S.A. - RNE 00031011, por las razones expuestas en el Considerando de la presente.

Art. 2° — Instrúyase el sumario sanitario correspondiente, de acuerdo a la ley 18.284, a la firma SPRAYETTE S.A. y a su director técnico, por las presuntas infracciones indicadas en el Considerando de la presente y de acuerdo al informe del INAL de fs. 34/5.

Art. 3° — Regístrese. Comuníquese a las autoridades provinciales y a las del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires y a quienes corresponda. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial a los efectos de su publicación en el Boletín Oficial. Dése copia a la Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales. Gírese al Departamento de Sumarios de la Dirección de Asuntos Jurídicos a efectos de darse cumplimiento a lo ordenado en el art. 2°. Cumplido, archívese.— Manuel R. Limeres.