Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica
SUPLEMENTOS DIETARIOS
Disposición 3467/2005
Prohíbese la comercialización del producto “Suplemento dietario a base de Colina, Inositol, Metionina y Cromo, en tabletas, marca Premier Vitamins Reduce Fat-Fast with Chromium Picolinate”, importado de los Estados Unidos de Norteamérica por la firma Sprayette S.A. y sin inscripción vigente
Bs. As., 9/6/2005
VISTO el expediente N° 1-47-2110-2232-05-6 de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y,
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de
Alimentos solicita por Memorando N° 732/05 información con res-
pecto a la autorización del producto “Suplemento dietario marca Reduce
Fat-Fast”, cuyo titular es la firma SPRAYETTE S.A - RNE 00031011.
Que atento a ello el Departamento Inspectoría del Instituto Nacional de
Alimentos lleva a cabo la inspección O. I. N° 264/05 con Acta de Toma
de Muestra N° 77/05, por la que se extrajeron muestras del producto:
“Suplemento dietario a base de Colina, Inositol, Metionina y Cromo en
tabletas, marca Premier Vitamins Reduce Fat-Fast with Chromiun
Picolinate” - RNPA N° 0520001, Lote 091104, vencimiento 11/07.
Que el Servicio Alimentos Especiales del Instituto Nacional de
Alimentos informa que el certificado de inscripción del “Suplemento
dietario a base de Colina, Inositol, Metionina y Cromo en tabletas,
marca Premier Vitamins Reduce Fat-Fast with Chromiun Picolinate”
importado de los Estados Unidos de Norteamérica por la firma SPRAYETTE
S.A. - RNE 00031011, otorgado el 15 de julio de 1998, se encuentra
vencido.
Que a la fecha, el referido producto no tiene vigente su inscripción,
por lo que resulta ilegal al no contar con certificado de inscripción,
en consecuencia corresponde imputar a la firma SPRAYETTE S.A. y a su
director técnico infracción al artículo 155 del Código Alimentario
Argentino.
Que en razón de la falta de inscripción del mencionado producto y en
virtud del artículo 9° de la ley 18.284 y al art. 4° del decreto
341/92, corresponde prohibir la comercialización en todo el territorio
nacional del referido producto, debido al incumplimiento de la
Resolución MS y AS n° 74/98.
Que el Instituto Nacional de Alimentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490/92 y el Decreto N° 197/02.
Por ello,
EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA
DISPONE:
Artículo 1° — Prohíbese, conforme art. 9° de la ley 18.284 y al art. 4°
del decreto 341/92, la comercialización en todo el territorio nacional
del producto “Suplemento dietario a base de Colina, Inositol, Metionina
y Cromo, en tabletas, marca Premier Vitamins Reduce Fat-Fast with
Chromium Picolinate”, R.N.P.A. N° 0520001 importado de los Estados
Unidos de Norteamérica por SPRAYETTE S.A. - RNE 00031011, por las
razones expuestas en el Considerando de la presente.
Art. 2° — Instrúyase el sumario sanitario correspondiente, de acuerdo a
la ley 18.284, a la firma SPRAYETTE S.A. y a su director técnico, por
las presuntas infracciones indicadas en el Considerando de la presente
y de acuerdo al informe del INAL de fs. 34/5.
Art. 3° — Regístrese. Comuníquese a las autoridades provinciales y a
las del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires y a quienes
corresponda. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial a los
efectos de su publicación en el Boletín Oficial. Dése copia a la
Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales. Gírese al
Departamento de Sumarios de la Dirección de Asuntos Jurídicos a efectos
de darse cumplimiento a lo ordenado en el art. 2°. Cumplido,
archívese.— Manuel R. Limeres.