INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución 205/2005

Bs. As., 8/6/2005

VISTO el Expediente N° 253 -71624/05, la Ley de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad Nº 24.481 (t.o. 1966) modificada por la Ley Nº 25.859, y

CONSIDERANDO:

Que este Instituto en su proceso de mejora continua ha de instrumentar a la brevedad nuevos sistemas informáticos y diferentes procedimientos de cobro de aranceles y registro de trámites.

Que a ese fin resulta necesario producir un reordenamiento administrativo que permita el mejor aprovechamiento del recurso humano en un marco que optimice las condiciones laborales, lo que redundará en la mejor atención al usuario de nuestros servicios.

Que actualmente el horario de atención al público se extiende desde las 9:15 hasta las 15:15 horas, y en virtud de lo indicado en los considerandos precedentes, resulta necesario suspender las tareas de atención al público, con cierre de todas las ventanillas de recepción de documentación, de pagos e informes entre las 12:45 y las 13:30 horas.

Que la medida propiciada debe ponerse en práctica con la debida difusión e información previa para conocimiento de los Agentes de la Propiedad Industrial y el público en general.

Que la Dirección de Asuntos Legales y la Dirección de Coordinación Operativa han tomado debida intervención.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la normativa legal vigente.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — El horario de atención al público en todas las áreas de este INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), será desde las 09:15 y hasta las 12:45 horas, y desde las 13:30 hasta las 16:00 horas; con excepción de Tesorería que atenderá de 9:00 a 12:45 horas y de 13:30 a 15:45 horas.

ARTICULO 2° — La presente entrará en vigencia a los TREINTA (30) días corridos de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3° — Regístrese, publíquese en la página WEB del INPI, en el Boletín de Marcas y Patentes, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial por un (1) día; y archívese. — Cdor. MARIO R. ARAMBURU, Presidente, Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.

e. 17/6 N° 482.951 v. 17/6/2005