Superintendencia de Servicios de Salud

OBRAS SOCIALES

Resolución 444/2005

Déjase sin efecto la Resolución Nº 3/2001.

Bs. As., 5/7/2005

VISTO los Expedientes Nº 79.475/04-SSSALUD y Nº 79.675/04-SSALUD; y

CONSIDERANDO:

Que en los Expedientes del VISTO tramitan las presentaciones efectuadas por la OBRA SOCIAL DE LOS EMPLEADOS DE COMERCIO y ACTIVIDADES CIVILES (RNOS Nº 1- 2620-5) y por la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DEL ORGANISMO DE CONTROL EXTERNO (RNOS Nº 0-0040-6), a los efectos de consultar sobre la vigencia de las Resoluciones Nº 420/97-ANSSAL y Nº 3/01-SSSALUD.

Que a fs. 20/22 del expediente citado en primer término, el área técnica correspondiente de la Presidencia de la Nación se expide indicando que la misma no registra publicación oficial.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1615/96 y Nº 145/03 PEN.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º — Déjase sin efecto la Resolución Nº 03/01-SSSALUD, manteniéndose en vigencia en todos sus términos la Resolución Nº 420/97- ANSSAL, desde la fecha de su publicación.

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente archívese. — Rubén H. Torres.