Consejo Federal Pesquero

PESCA

Resolución 5/2005

Otórgase una Autorización de Captura de la especie vieira patagónica a cada uno de los buques que se encuentren comprendidos en el artículo 1º de la Resolución Nº 150/96 de la ex Secretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Bs. As., 4/8/2005

VISTO la Resolución Nº 4 del registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, del día de la fecha y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución mencionada en el Visto se establecieron Medidas de Administración de la especie vieira patagónica (Zygochlamis patagonica).

Que dichas Medidas de Administración resultan acordes con las normas legales vigentes, y fueron elaboradas teniendo en miras los datos disponibles de existencia del recurso y de la flota pesquera autorizada a la pesca de esta especie.

Que resulta necesario, en el marco de las normas citadas precedentemente, asignar las Autorizaciones de Captura previstas en el artículo 28 de la Ley Nº 24.922.

Que de las medidas de administración implementadas y de los datos científicos obtenidos hasta la actualidad, conforme han sido evaluados por el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, se desprende que, la cantidad y características técnicas particulares de los buques que han operado sobre este recurso, no han incidido negativamente sobre la sustentabilidad de su explotación, como así tampoco en la biodiversidad del medio marino.

Que por lo expuesto y en atención a los principios de precaución y de prevención, se considera conveniente autorizar la captura de la especie vieira patagónica (Zygochlamis patagonica) a los buques antes mencionados, que resultan comprendidos en el artículo 1º de la Resolución Nº 150 de fecha 16 de marzo de 1996 del registro de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION, o a sus eventuales reemplazos.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de la presente de conformidad con lo establecido por los artículos 9º y 28 de la Ley 24.922.

Por ello,

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO

RESUELVE:

Artículo 1º — Otórguese una Autorización de Captura de la especie vieira patagónica (Zygochlamis patagonica) a cada uno de los buques que a la fecha de la presente Resolución se encuentran comprendidos en el artículo 1º de la Resolución Nº 150 de fecha 16 de marzo de 1996 del registro de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION, o a sus eventuales reemplazos.

Art. 2º — Lo expuesto en el artículo anterior lo es sin perjuicio que la especie mencionada sea incorporada en el futuro al Régimen de Administración por Cuotas Individuales Transferibles de Captura previsto por el artículo 27 de la Ley Nº 24.922, de conformidad con lo establecido en el artículo 1º de la Resolución Nº 2 de fecha 14 de marzo de 2001 del registro del CONSEJO FEDERAL PESQUERO.

Art. 3º — Las Autorizaciones de Captura que se emitan en los términos del artículo 1º de la presente resolución estarán sujetas a las Medidas de Administración aprobadas por la Resolución Nº 4, del día de la fecha, del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, con las demás restricciones que se encuentren en vigor y aquellas que se establezcan por razones biológicas.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Héctor M. Santos. — Lisandro A. Belarmini. — Carlos A. Cantú. — Holger F. Martinsen. — Oscar H. Padín. — Omar M. Rapoport. — Liliana Scioli.