Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Disposición 257/2005

Régimen de Crédito Fiscal. Desestímanse proyectos presentados en el marco del "Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos - Año 2002".

Bs. As., 5/8/2005

VISTO el Expediente N° S01:0177593/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, lo dispuesto en la Ley N° 22.317 y sus complementarias, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999, 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio y la Resolución N° 109 de fecha 30 de mayo de 2002 de la ex - SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex -MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal, destinado a la cancelación de los tributos, cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y 434 de fecha 29 de abril de 1999 reglamentaron el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación.

Que mediante la Resolución N° 109 de fecha 30 de mayo de 2002 de la ex - SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex - MINISTERIO DE LA PRODUCCION, se aprobó el "Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos - Año 2002".

Que el Artículo 87 del Anexo I de la resolución mencionada precedentemente, prevé que los resultados del proceso de desestimación, entre otros, serán publicados en el Boletín Oficial de la Nación y en la página de internet de la ex - SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex - MINISTERIO DE LA PRODUCCION, actualmente SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que en los expedientes mencionados en el Anexo del presente proyecto de disposición, obran los nombres de las empresas y los correspondientes informes técnicos de los evaluadores, en los que se señalan los motivos por medio de los cuales se ha procedido a la desestimación de los proyectos.

Que la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha constatado que dichas empresas no han dado cumplimiento a lo normado por los Artículos 35, 36, 37, 38 y 40 del Anexo I y concordantes de la resolución citada supra, concluyendo que se debe proceder a la desestimación propiamente dicha.

Que en consecuencia resulta necesario, realizar el cierre administrativo de dichos expedientes.

Que por razones de celeridad y economía corresponde el dictado de un acto administrativo que comprenda a todos los casos en que se hubieren verificado las causales de incumplimiento.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003, modificado por el Decreto N° 1359 de fecha 5 de octubre de 2004.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

DISPONE:

Artículo 1° — Desestímanse los proyectos presentados en el marco del "Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos - Año 2002", mencionados en el Anexo que, con UNA (1) hoja, forma parte de la presente disposición, por no haber cumplimentado lo normado por los Artículos 35, 36, 37, 38 y 40 del Anexo I y concordantes de la Resolución N° 109 de fecha 30 de mayo de 2002 de la ex – SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex – MINISTERIO DE LA PRODUCCION, cuyos fundamentos se hallan expresados en los considerandos de la presente disposición.

Art. 2° — Difúndase la presente disposición a través de las dependencias pertinentes de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y de los medios informáticos disponibles.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Federico I. Poli.

ANEXO

LEGAJO

EXPEDIENTE

MOD

EMPRESA

70/02

S01:0209109/02

D

WERCHOW MEDICINA PRIVADA S.A.

198/02

S01:0211442/02

D

PANCOR S.A. SPAR SUPERMERCADOS

677/02

S01:0218442/02

A

GAS CARBONICO CHIANTORE S.A.I

709/02

S01:0219772/02

D

PROPEL MENDOZA S.R.L.

712/02

S01:0219738/02

D

COOPERATIVA ELECTRICA DE CONSUMO Y OTROS SERVICIOS DE SALADILLO LIMITADA

829/02

S01:0272704/02

D

B.A. GASTRONOMIA S.R.L.

831/02

S01:0272706/02

D

PALMAR HOTEL S.R.L.

985/02

S01:0273768/02

A

BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A.

988/02

S01:0273766/02

A

BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A.

1029/02

S01:0274822/02

D

ETC INTERNACIONAL S.A.

1300/02

S01:0276689/02

D

COOPERATIVA DE PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE GENERAL MADARIAGA LIMITADA

1329/02

S01:0276811/02

D

UNIDEM S.A.

1343/02

S01:0276889/02

D

DEPOR JEAN S.A.