MERCOSUR/GMC/RES. N° 13/05

PAUTAS NEGOCIADORAS DEL GRUPO AD HOC DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión N° 26/03 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 13/04 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución GMC N° 13/04 se crea el Grupo Ad Hoc de Biotecnología Agropecuaria.

Que en el marco del desarrollo tecnológico y del proceso de integración del MERCOSUR, es necesario establecer las Pautas Negociadoras del mencionado Grupo Ad Hoc.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 — Aprobar las siguientes "Pautas Negociadoras del Grupo Ad Hoc de Biotecnología Agropecuária":

1. Armonizar y coordinar los Marcos Regulatorios sobre Bioseguridad y las normativas relacionadas entre los Estados Partes.

2. Iniciar el análisis sobre la posible coordinación de las aprobaciones comerciales de OGMs.

3. Analizar las implicancias del etiquetado de alimentos derivados de la biotecnología agropecuaria en el plano regional e internacional.

4. Realizar consultas entre los Estados Partes con miras a coordinar posiciones en el marco de las negociaciones Internacionales (OMC, CODEX, Protocolo de Cartagena, etc.).

Art. 2 — Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

LVIII GMC – Asunción, 09/VI/05