Dirección Nacional de Protección Vegetal

SANIDAD VEGETAL

Disposición 12/2005

Declárase como Area Libre de la Plaga Anastrepha fraterculus a los Valles de Tulum, Ullum, Zonda, Calingasta, Jachal e Iglesia, en la provincia de San Juan, en el marco del Programa Nacional de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos.

Bs. As., 12/8/2005

VISTO el expediente Nº S01:0140170/05 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION CALIDAD AGROALIMENTARIA y la Resolución SENASA Nº 515 del 16 de noviembre de 2001.

CONSIDERANDO

Que el PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL Y ERRADICACION DE MOSCA DE LOS FRUTOS de la Provincia de San Juan (PROCEM SAN JUAN) presenta antecedentes técnicos de la situación fitosanitaria de la misma en el status de Area Libre de la plaga Mosca de los Frutos del género Anastrepha (Díptero, Tefritidae) de importancia económica a nivel mundial.

Que los antecedentes técnicos presentados responden al Sub-Estándar Regional de Protección Fitosanitaria (Sub-ERPF 3.2.1) referente a los requisitos para el reconocimiento de Area Libre de Mosca de los Frutos, desarrollado y aprobado por el COMITE DE SANIDAD VEGETAL DEL CONO SUR (COSAVE).

Que el Area Objetivo presenta resultados de monitoreo (trampeo y muestreo) negativos del género Anastrepha durante las campañas 2003/2004 y 2004 /2005.

Que el Area Objetivo cuenta con un sistema de protección cuarentenaria de acuerdo a lo establecido en la Resolución SENASA Nº 515 de fecha 16 de noviembre de 2001.

Que se dan condiciones climáticas rigurosas, como gran amplitud térmica diurna-estacional, vientos desecantes, flora nativa xerófila con ausencia de hospederos silvestres, impidiendo su instalación y desarrollo

Que el aislamiento de los valles, ubicados algunos a gran altitud sobre el nivel del mar, rodeados por cordones montañosos y desiertos cordilleranos imposibilitan su establecimiento.

Que las supervisiones técnicas realizadas por la Coordinación Nacional del PROCEM, estipuladas por Resolución SENASA Nº 358 del 31 de julio de 2003 avalan la documentación presentada por el PROCEM San Juan.

Que el reconocimiento de Area Libre de la Plaga, facilitará las gestiones a nivel internacional, lo que permitirá acceder a nuevos mercados.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente en virtud de lo prescripto por el artículo 3º de la resolución Nº 515 de fecha 16 de noviembre de 2001.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL

DISPONE:

Artículo 1º — Declárase como Area Libre de la Plaga Anastrepha fraterculus (Díptero, Tefritidae) a los Valles de Tulum, Ullum, Zonda, Calingasta, Jachal e Iglesia, en la provincia de SAN JUAN en el marco del Programa Nacional de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos (PROCEM).

(Nota Infoleg: por art. 2° de la Disposición N° 13/2006 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal B.O. 30/6/2006 se limita el alcance del presente artículo hasta tanto se de cumplimiento a las condiciones enumeradas en el item 2.4.2 "restablecimiento" de acuerdo a los lineamiento de la NIMF N° 26 "Establecimiento de Areas Libres de Plagas de Moscas de la Fruta (Tephritidae)". Vigencia: a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial).

Art. 2º — El SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA a través de la Coordinación Nacional del Programa Nacional de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos (PROCEM) realizará el seguimiento del Programa en el Area Objetivo y el mantenimiento del status de Area Libre.

Art. 3º — La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, archívese. — Eduardo L. Cosenzo.