COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Resolución General 6/2005
Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral. Establécese el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual CM 05, correspondiente a 2004.
Bs. As., 16/8/2005
VISTO:
La Resolución General N° 03/2005 de la Comisión Arbitral referida a la fecha de vencimiento de presentación de la Declaración Jurada Anual (CM05) del Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Convenio Multilateral, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la citada resolución se postergó la fecha de presentación de la referida Declaración Jurada.
Que resulta necesario prever una nueva prórroga estableciendo que, dicha presentación, se efectúe utilizando el actual programa "SD 99" (Software Domiciliario Convenio Multilateral) en virtud de que aún no se encuentra operativo el nuevo aplicativo que se está desarrollando a través del sistema OSIRIS, administrado por la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Por ello,
LA COMISION ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77)
RESUELVE:
Artículo 1° — Establecer que el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual CM 05, correspondiente al año 2004, operará el 30 de setiembre de 2005.
Art. 2° — La confección y presentación de la Declaración Jurada se efectuará a través del programa "SD 99" (Software Domiciliario Convenio Multilateral) y conforme al apéndice I previsto en el artículo 63 de la Resolución General N° 1/2005 de esta Comisión Arbitral.
Art. 3° — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial, comuníquese a los Fiscos adheridos y archívese. — Román G. Jáuregui. — Mario A. Salinardi.