MINISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa 484/2005

Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, a efectos de incorporar remanentes de recursos propios del presupuesto 2004, correspondientes al Instituto Geográfico Militar.

Bs. As., 18/8/2005

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2005, aprobado por la Ley Nº 25.967, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005 y la Ley Nº 22.963 "Ley de la Carta", y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario adecuar la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL a efectos de incorporar los remanentes de recursos propios del presupuesto 2004, correspondientes al INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR, dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que el citado Organismo está exceptuado de aportar los remanentes de recursos al Tesoro Nacional.

Que el Artículo 15 de la Ley Nº 22.963 "Ley de la Carta" dispone que los saldos de los recursos no utilizados durante el ejercicio serán transferidos al siguiente para atender gastos e inversiones del Instituto.

Que los créditos de la Fuente 22 – Crédito Externo, destinados a reflejar las incorporaciones de bienes previstas en el Proyecto "Sistema de Información Cartográfica del INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR" realizado por el INSTITUTO CARTOGRAFICO DE CATALUÑA, hasta el momento se encuentra sin ejecución.

Que por lo tanto se propicia una disminución de dichos créditos y recursos para compensar con la incorporación de remanentes con sus respectivos gastos sin alterar el resultado financiero.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 11 de la Ley Nº 25.967 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2005.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2005, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.

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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar