MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

Resolución Nº 647/2005

Bs. As., 25/8/2005

VISTO el Expediente Nº S01:0220412/2005 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Resoluciones Nros. 357 de fecha 18 de marzo y 589 de fecha 20 de julio de 2005 ambas de la citada Secretaría, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a la Resolución Nº 589 de fecha 20 de julio de 2005 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se crea el FORO FEDERAL BUBALINO en el ámbito de la citada Secretaría.

Que es necesario modificar el Artículo 1º de la Resolución Nº 589 de fecha 20 de julio de 2005 dado que determinadas provincias no han contestado a la invitación de formar parte del mismo.

Que la citada Resolución Nº 589/05 en su Artículo 2º indica que dicho Foro será presidido por la persona que designe el señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos y en su Artículo 6º expresa que el mismo será asistido técnica y funcionalmente por un Coordinador, designado por el mismo.

Que es necesario modificar el Artículo 6º de la Resolución Nº 589 de fecha 20 de julio de 2005 agregando al mismo la figura de un Subcoordinador para colaborar en dicho Foro.

Que el FORO FEDERAL BUBALINO se enmarca en la figura de los FOROS PRODUCTIVOS SECTORIALES, creados por la Resolución Nº 357 de fecha 18 de marzo de 2004 de la mencionada Secretaría.

Que resulta de suma importancia para dicho Foro, proceder a designar a las personas que intervendrán en carácter de Coordinador y Subcoordinador, respectivamente.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 25 del 27 de mayo de 2003, modificado por su similar Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Sustitúyese el Artículo 1º de la Resolución Nº 589 de fecha 20 de julio de 2005, de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 1º.- Créase en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el FORO FEDERAL BUBALINO, el cual estará integrado por UN (1) representante titular y UN (1) representante suplente por cada una de las entidades oficiales y privadas que a continuación se detallan:

a) SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS (SAGPYA).

b) SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA).

c) INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA).

d) OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO (ONCCA).

e) MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

f) MINISTERIO DE PRODUCCION DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES.

g) MINISTERIO DE LA PRODUCCION DE LA PROVINCIA DEL CHACO.

h) SECRETARIA DE LA PRODUCCION DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS.

i) MINISTERIO DE LA PRODUCCION DE LA PROVINCIA DE FORMOSA.

j) MINISTERIO DEL AGRO Y DE LA PRODUCCION DE LA PROVINCIA DE MISIONES.

k) MINISTERIO DE DESARROLLO DEL PROGRESO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

l) MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN.

m) ASOCIACION ARGENTINA DE CRIADORES DE BUFALOS (AACB).

n) ASOCIACION PARA LA PRODUCCION Y DESARROLLO DE BUFALOS EN LA ARGENTINA (ABUAR)".

ARTICULO 2º — Sustitúyese el Artículo 6º de la mencionada Resolución Nº 589/05, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 6º.- El FORO FEDERAL BUBALINO será asistido técnica y funcionalmente por un Coordinador y un Subcoordinador. Los mismos serán designados por el señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos".

ARTICULO 3º — Desígnase al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, Ingeniero Agrónomo D. Miguel Santiago CAMPOS (M.I. Nº 14.013.416), en el carácter de Presidente del FORO FEDERAL BUBALINO.

ARTICULO 4º — Desígnase al Ingeniero Agrónomo D. Eugenio Sebastián SCALA (M.I. Nº 11.955.733), en el carácter de Coordinador del FORO FEDERAL BUBALINO y el Técnico en Producción D. Enrique TORRES MIGNAQUY (M.I. Nº 16.345.075), en el carácter de Subcoordinador del citado Foro.

ARTICULO 5º — La presente medida no implicará costo fiscal alguno.

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. Agr. MIGUEL SANTIAGO CAMPOS, Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.

e. 26/8 Nº 489.812 v. 26/8/2005