Junta Nacional de Carnes
CARNES BOVINAS
RESOLUCION Nş J-379
Escalas de peso a que debe ajustarse las distintas clasificaciones.
Bs. As., 28/3/73
VISTO la Resolución Nş J-378/73, y
CONSIDERANDO:
Que, resulta necesario arbitrar las medidas conducentes al mejor logro de las finalidades previstas en el citado instrumento legal, por el que se instituye un nuevo régimen de clasificación y tipificación oficial de las carnes bovinas;
Que, en relación a ello, cabe tener en cuenta que os nuevos criterios de selección del ganado bovino de carne, van llevando a la obtención de biotipos de mejor desarrollo corporal;
Que, a tales efectos procede determinar las escalas de peso a que deben ajustarse las distintas clasificaciones, tipos y grados de gordura establecidos;
Por ello,
La Junta Nacional de Carnes,
Resuelve:
Artículo 1ş La clasificación y tipificación oficial de las carnes bovinas establecida por Resolución Nş J-378 de fecha 28 del corriente, deberá ajustarse a las escalas de peso limpio detalladas seguidamente:
Novillitos
Tipo AA Grados de gordura 0-1-2-3 hasta 118 kilos la media res.
Tipo A Grados de gordura 0-1-2-3 hasta 118 kilos la media res.
Tipo B Grados de gordura 0-1-2-3 hasta 118 kilos la media res.
Tipo C Grados de gordura 0-1-2-3 hasta 118 kilos la media res.
Tipo D Grados de gordura 0-1-2-3 hasta 108 kilos la media res.
Tipo E Grados de gordura 0-1 hasta 95 kilos la media res.
Tipo F Hasta 95 kilos la media res.
Vaquillonas
Tipo AA Grados de gordura 0-1-2-3 hasta 113 kilos la media res.
Tipo A Grados de gordura 0-1-2-3 hasta 113 kilos la media res.
Tipo B Grados de gordura 0-1-2-3 hasta 113 kilos la media res.
Tipo C Grados de gordura 0-1-2-3 hasta 113 kilos la media res.
Tipo D Grados de gordura 0-1-2-3 hasta 103 kilos la media res.
Tipo E Grados de gordura 0-1 hasta 85 kilos la media res.
Tipo F Hasta 85 kilos la media res.
Terneros
Tipo AA Grados de gordura 0-1-2 hasta 73 kilos la media res.
Tipo A Grados de gordura 0-1-2 hasta 73 kilos la media res.
Tipo B Grados de gordura 0-1-2 hasta 73 kilos la media res.
Tipo C Grados de gordura 0-1-2 hasta 73 kilos la media res.
Tipo D Grados de gordura 0-1-2 hasta 68 kilos la media res.
Tipo E Grados de gordura 0-1 hasta 55 kilos la media res.
Tipo F Hasta 55 kilos la media res.
Mamones
Tipo A Grados de gordura 0-1 hasta 40 kilos la media res.
Tipo B Grados de gordura 0-1 hasta 40 kilos la media res.
Tipo C Grados de gordura 0-1 hasta 40 kilos la media res.
Art. 2ş Las escalas de peso limpio a que se refiere el artículo 1ş, no serán de aplicación cuando se trate de reses provenientes de animales cuyas características y conformación ósea, definan la edad de los mismos, en cuyo caso se les asignará directamente la clasificación, tipo y grado de gordura que corresponda.
Art. 3ş La presente resolución comenzará a regir a partir del 1ş de mayo de 1973.
Art. 4ş Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Gabriel Eligio Tevez, Vicepresidente 1ş, en ejercicio de la Presidencia.