ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

Decisión Administrativa 530/2005

Modifícase el Presupuesto de la Administración nacional para el Ejercicio 2005, con la finalidad de facilitar la adquisión de tierras cedidas por la provincia de La Pampa para la ampliación del Parque Nacional Lihué Calel, mediante la incorporación de fondos provenientes de la venta del establecimiento "Hotel Llao Llao", ubicado en San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro.

Bs. As., 25/8/2005

VISTO el Expediente Nº 356/2005 del Registro de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado que actúa en la órbita de la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley Nº 25.755, el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2005 aprobado por la Ley Nº 25.967, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 25.755 se aprueba el Convenio celebrado en 1996 con la provincia de La Pampa y se acepta la cesión de la jurisdicción y dominio efectuada por dicha provincia a favor del Estado Nacional, de tierras para la ampliación del Parque Nacional Lihué Calel.

Que, con el objeto de posibilitar la adquisición de tales tierras, resulta necesario incrementar el presupuesto del Organismo Descentralizado 107 - ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, que actúa en la órbita de la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, mediante la incorporación de los fondos provenientes de la venta del establecimiento denominado "HOTEL LLAO LLAO" ubicado dentro del ejido municipal de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro.

Que la medida propiciada se encuentra amparada en el artículo 10º de la Ley Nº 25.967 y en el artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 11 de enero de 2005.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL correspondiente al Ejercicio 2005, de acuerdo al detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.

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NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar