REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Disposición 566/2005

Incorpórase la operatoria de "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito" en determinados Registros Seccionales.

Bs. As., 30/8/2005

VISTO la Disposición D.N. N° 515/03 y el Convenio suscripto entre esta Dirección Nacional y la Municipalidad de la Ciudad de General Rodriguez (Provincia de Buenos Aires), conforme el modelo aprobado por el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos por Expediente N° 135.427/02 y aprobado por Ordenanza N° 3027/04, promulgada por Decreto 1323/04 y,

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la mencionada Disposición se puso en vigencia, a partir del 1° de octubre de 2003, la operatoria en los Registros Seccionales con jurisdicción territorial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la cual, en forma previa a la inscripción de determinados trámites, se debe solicitar el informe de deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario "13 I" - " Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito".

Que, por el convenio citado, se prevé la implementación de la mencionada operatoria en los Registros Seccionales pertenecientes a la jurisdicción del municipio firmante.

Que atento a ello, la Municipalidad de la Ciudad de General Rodriguez (Provincia de Buenos Aires) ha dictado el Decreto N° 983/05 por el cual designa a los Encargados de Registro de todo el país como agentes de percepción de las infracciones cometidas en su jurisdicción.

Que, en consecuencia, resulta necesario aplicar las normas de procedimiento previstas en la disposición citada en los Registros Seccionales de esa jurisdicción para dar cumplimiento al convenio suscripto.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso c) del Decreto N° 335/88.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

Artículo 1° — Incorpórase a los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor de la jurisdicción mencionada en el Anexo que forma parte de la presente, a la operatoria de "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito" de conformidad a lo previsto en las Disposiciones D.N. Nros 515/03 y 395/04.

Art. 2° — La presente medida entrará en vigencia el día 1 de Septiembre de 2005. Oportunamente, el Departamento Rentas de esta Dirección Nacional dictará el instructivo al cual deberán ajustarse los Registros Seccionales.

Art. 3° — Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel A. Gallardo.

ANEXO

- REGISTRO SECCIONAL GRAL. RODRIGUEZ N°1 (01130)

- REGISTRO SECCIONAL GRAL. RODRIGUEZ N°2 (01247)