Ministerio del Interior

CIRCUITOS ELECTORALES

Resolución 1587/2005

Apruébase la demarcación del Circuito Nº 3 "La Punta", en la provincia de San Luis.

Bs. As., 13/9/2005

VISTO lo dispuesto en los artículos 39 y 40 del Código Electoral Nacional, el Expediente Nº - S02:0017567/2005, del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que el Señor Juez Federal con Competencia Electoral de la Provincia de San Luis inicia el expediente Nº 56/1185/02 en su Secretaría Electoral a fin llevar a cabo la creación del Circuito Electoral Nº 3 La Punta.

Que dicho Circuito abarca el ejido urbano de la ciudad de La Punta recientemente creado por la Ley provincial Nº 5366.

Que la mencionada Ley, en su artículo 1º, fija los límites del Municipio de "La Punta".

Que la Dirección Nacional Electoral ha tomado la intervención de su competencia.

Que el Servicio Jurídico Permanente de la Jurisdicción ha tomado la debida intervención.

Que el presente acto dicta en uso de las facultades conferidas en los incisos 1) y 2) del artículo 40 de la Ley 19.945 y sus modificatorias.

EL MINISTRO DEL INTERIOR

REVUELVE:

Artículo 1º — Apruébase la demarcación del Circuito Nº 3 "La Punta" creado por Ley Provincial Nº 5366 y cuyos límites son fijados en su artículo 1º.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y publíquese. — Aníbal D. Fernández.