(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 1128/2006 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 21/6/2006, texto según art. 1° de la Resolución N° 1317/2006 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 18/7/2006, se prorroga hasta el 30/9/2006 la suspensión dispuesta por art. 1° de la Disposición N° 2897/2005 del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales B.O. 5/1/2006. Vigencia: desde el 1/6/2006).

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución N° 2206/2005

Bs. As., 8/9/2005

VISTO el Expediente N°: 3246/05/INCAA, la Ley N°: 19.549 y su Decreto Reglamentario N°: 1759/72, la Ley N°: 17.741 y sus modificatorias (T.O. Decreto N°: 1248/01) y el Decreto N°: 1536/02 y

CONSIDERANDO:

Que atento el informe efectuado por la Producción General del Festival Internacional de Cine de Mar del Plata se ha sugerido la descentralización administrativa del Festival Internacional de Mar del Plata, a fines de evitar que se produzca un desbarajuste económico-financiero que impida el cumplimiento estricto del presupuesto aprobado.

Que resulta lógico y ajustado a derecho que se propenda a obtener un mayor control sobre los actos administrativos a ejecutar en oportunidad de la preparación y posterior celebración del XXI FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE DE MAR DEL PLATA a concretarse el año entrante, a los efectos de evitar la producción del desbarajuste económico señalado.

Que resulta correcto, encuadrar y determinar la responsabilidad de los funcionarios a cargo, del Festival, para un mayor control presupuestario, ya que resulta lógico que un funcionario público cuente con la posibilidad de tener los recursos económicos necesarios para cumplimentar su tarea, pero también es lógico que se haga responsable de todos los efectos jurídicos que pudieran sobrevenir de la realización de dichos actos administrativos, sin perjuicio de la función que podrán desempeñar los distintos funcionarios de las distintas Areas del Organismo y el deber de contralor de la Unidad de Auditoría Interna del mismo.

Que atento la cuestión planteada, el informe efectuado por la Gerencia de Asuntos Jurídicos y a fines de dinamizar la organización administrativa del Festival Internacional de Mar del Plata, resulta conveniente proceder a una delegación administrativa del Festival Internacional de Mar del Plata, ya que de esta manera el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES no estaría transfiriendo su competencia sobre la administración del mismo, sino tan sólo el ejercicio de la administración a la Unidad del Festival Internacional de Mar del Plata.

Que atento lo expuesto no debe aprobarse una descentralización administrativa, sino una delegación administrativa.

Que la delegación de competencia es una decisión del Organo Administrativo, a quien legalmente, aquella le corresponde, por la cual transfiere el ejercicio de todo o parte de la misma, a un órgano inferior, a diferencia de la descentralización, que importa una decisión legislativa por la cual, total o parcialmente, se quita la competencia al Organo Superior y se la atribuye a un órgano inferior. Conservando su competencia el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para la realización del Festival, no puede hablarse de descentralización, sino de delegación, dejando expresa constancia que el delegado —el Festival— ejercerá la competencia pero la misma no le pertenece a él, sino al Superior —el Instituto—.

Que tratándose de una delegación administrativa, el Instituto puede recuperar su competencia para la ejecución del Festival en cualquier momento, dependiendo de su sola voluntad llevar adelante dicho recupero.

Que resulta conveniente a fin de dinamizar la organización administrativa del Festival Internacional de Mar del Plata acogerse a lo solicitado por la Producción del Festival, dejando expresa constancia que se trata de una delegación administrativa de facultades, con los alcances restrictivos manifestados precedentemente, atento a que es un instituto de naturaleza excepcional previsto en el artículo 3° de la Ley N°: 19.549 Régimen de Procedimientos Administrativos y su Decreto Reglamentario N°: 1759/72.

Que corresponde enunciar las facultades delegadas a la Unidad del Festival Internacional de Mar del Plata.

Que atento lo mencionado en el párrafo anterior es menester redefinir las nuevas responsabilidades primarias y acciones del Festival Internacional de Mar del Plata.

Que es inherente a la delegación conferida la administración del presupuesto del Festival Internacional de Mar del Plata.

Que a fin de obtener una mayor transparencia en el funcionamiento y la organización de la administración del Festival Internacional de Mar del Plata, resulta necesario la apertura de una cuenta bancaria a nombre del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales y del Festival mencionado.

Que la Unidad de Auditoría Interna del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES ejercerá un control en forma mensual de la administración de los fondos transferidos, como así también de toda aquella cuestión inherente a la función de contralor de la Auditoría mencionada. Que al efecto, se designarán dos auditores adjuntos, dependientes de la Unidad Auditoría Interna del Organismo, a fin de que ejerzan el control correspondiente de las facultades delegadas al Festival Internacional de Mar del Plata.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley N°: 17.741 y sus modificatorias (T.O. Decreto N°: 1248/01) y el Decreto N°: 1536/02.

Que es necesario dictar Resolución al respecto:

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE

ARTICULO 1 ° — Delégase a la Unidad del FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA la organización administrativa de dicho FESTIVAL, a partir del 01 de Septiembre de 2005.

ARTICULO 2° — Apruébense las facultades delegadas a la Unidad del FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA, las que se encuentran enunciadas en el Anexo I de la presente Resolución formando parte integrante de la misma.

ARTICULO 3° — Apruébanse las Responsabilidades Primarias y Acciones de la Unidad del FESTIVAL INTERNACIONAL. DE MAR DEL PLATA del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, las cuales como ANEXO II forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 4° — Dispóngase la apertura de una cuenta bancaria a nombre de "INCAAFESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA".

ARTICULO 5° — Dispóngase que la Unidad del FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA será auditada por la Unidad Auditoría Interna del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

ARTICULO 6° — Desígnase a dos Auditores Adjuntos, dependientes de la Unidad Auditoría Interna del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, quienes llevarán a cabo la función de contralor del FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA.

ARTICULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — JORGE COSCIA, Presidente del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I

FACULTADES DELEGADAS A LA UNIDAD FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA

La delegación de la organización administrativa del Festival Internacional de Mar del Plata comprenderá, entre otras funciones, y, al solo efecto enunciativo:

— Coordinar las actividades de las unidades organizativas ubicadas bajo su dependencia;

— Administrar los recursos económicos, financieros y humanos del Festival;

— Coordinar la Producción General del Festival;

— Diseñar y ejecutar planes y programas vinculados con la gestión de la organización del Festival;

— Elaborar el presupuesto del ejercicio anual 01-01 al 31-12;

— Confeccionar, programar y controlar la ejecución presupuestaria del evento;

— Administrar y realizar el evento;

— Designar los responsables de las distintas áreas y sus asistentes;

— Supervisar y gestionar las contrataciones de bienes y servicios a través del régimen de compras interno del INCAA aprobado por Resolución N°: 1591/2004. Se deja expresa constancia que el objeto de la presente delegación se encuentra vinculado a los artículos que se mencionan a continuación: Artículo 16 del Capítulo III: Procedimiento de Selección de Contratistas; Artículo 76: Locaciones de Inmuebles, Artículo 77: Obras Públicas, Artículo 78 del Capítulo XV: Reglamentación y Vigencia, Artículo 79: Procedimientos de Selección según el Monto del Contrato.

— Planificar los llamados a licitaciones confeccionando los pliegos de bases y condiciones que rijan concursos de precios, y realizar los actos de apertura de ofertas;

— Supervisar las liquidaciones de: gastos, bienes y servicios, originadas en contrataciones celebradas con proveedores;

— Gestionar y ejecutar los libramientos de pagos;

— Realizar las acciones, eventos o gestiones necesarias, que tengan como finalidad perseguir la promoción del Festival, dentro y/o fuera del país, con la coordinación de la Gerencia de Acción Federal y la Gerencia de Relaciones Internacionales respectivamente.

ANEXO II

FESTIVAL INTERNACIONAL DE MAR DEL PLATA

PRODUCTOR EJECUTIVO

Responsabilidad Primaria: Es el responsable absoluto del aspecto financiero, la planificación estratégica y el desarrollo de las actividades llevadas a cabo en el Festival de Cine de Mar del Plata. Se encarga de buscar la financiación para el proyecto y conseguir los acuerdos para la distribución y exhibición del mismo.

Acciones

1. Asistir al Director Artístico del Festival en la organización anual del Festival Internacional de Cine de Mar del Plata, festival competitivo no especializado reconocido por la Federación Internacional de Asociaciones de Productores de filmes, que sirve a la difusión de la cinematografía mundial, y particularmente a la latinoamericana y argentina, así como a la formación del público de espectadores de cine.

2. Elabora el planeamiento estratégico del Festival determinando metas y directrices operacionales a ser seguidas.

3. Elabora el presupuesto contable del FESTIVAL con fecha de ejercicio 01-01 al 31-12.

4. Mantener relaciones de cooperación con la Federación Internacional de Asociaciones de Productores de Filmes para el fomento del Mercado del Film del MERCOSUR.

5. Organizar la difusión, del Festival y, en general, el contacto con los medios de comunicación.

6. Planificar los llamados a licitaciones confeccionando los pliegos de bases y condiciones que rijan concursos de precios, y realizar los actos de apertura de ofertas.

7. Administra los recursos económicos, financieros y humanos del FESTIVAL.

8. Ejecutar los libramientos de pagos en forma indistinta con el Coordinador de Administración y/o el Coordinador dé Producción.

COORDINADOR DE ADMINISTRACION

Responsabilidad Primaria: Es el responsable de la supervisión y gestión de las contrataciones en general y la preparación de los actos administrativos respectivos a la solicitud, modificación o extinción de dichas contrataciones. Planea y desarrolla técnicas de desempeño eficiente del personal, higiene, seguridad y relaciones laborales.

Acciones

1. Asistir al Productor Ejecutivo del Festival en la programación y control de la ejecución presupuestaria del festival.

2. Supervisar y gestionar las contrataciones de bienes y servicios.

3. Diseñar y ejecutar planes y programas relacionados con la gestión de los sistemas informáticos del festival.

4. Supervisar las liquidaciones de: gastos, bienes y servicios, originadas en contrataciones celebradas con proveedores; anticipos por viáticos, eventuales y pasajes por comisiones de servicios.

5. Analizar los pedidos de suministros, previo a iniciar la tramitación de las licitaciones públicas, privadas y contrataciones directas de refacciones edilicias, bienes y servicios.

6. Preparar los actos administrativos de autorización y aprobación de las contrataciones del FESTIVAL y asistir a las Comisiones de Preadjudicación y de Recepción de Mercaderías.

7. Realizar el control de garantías y tramitar la rescisión de los contratos.

8. Mantener un permanente control de los elementos de seguridad y lucha contra incendios.

9. Reemplaza en sus funciones al Productor Ejecutivo durante ausencia del mismo.

10. Ejecutar los libramientos de pagos juntamente con el Productor Ejecutivo.

COORDINADOR DE PRODUCCION

Responsabilidad Primaria: Es el responsable de la organización del plan de trabajo, de supervisar la compra de bienes, la supervisión de servicios y mantener un contacto con los proveedores. Controla también el funcionamiento diario de la oficina de producción, coordinando el trabajo de los diferentes sectores que intervienen para que se cumplan los plazos previstos.

Acciones

1. Coordinar los aspectos logísticos del Festival tales como: traslado de filmes, requerimientos técnicos en las distintas salas, traslado, recepción y alojamiento de invitados, ceremonial y otros.

2. Organizar las diversas áreas de producción para un correcto funcionamiento de las mismas.

3. Administrar los requerimientos de las diversas áreas en lo que refiere a compras de bienes e insumos.

4. Enviar al departamento de Administración del FESTIVAL las necesidades de compras, contrataciones de servicios, etc.

5. Almacenar la mercadería correspondiente a útiles de escritorio, papelería y equipos; realizar la entrega de ella de acuerdo con los requerimientos de las distintas unidades del FESTIVAL; efectuar el control de variación de las existencias.

6. Entender en el mantenimiento de los bienes físicos del FESTIVAL, supervisando las reparaciones menores de instalaciones, en trabajos de electricidad, pintura, carpintería, etc.

7. Emisión de un informe mensual sobre la ejecución del FESTIVAL.

8. Ejecutar los libramientos de pagos juntamente con el Productor Ejecutivo.

RESPONSABLE AREA INVITADOS

Acciones

1. Tiene a su cargo las áreas de transporte, hotelería y acreditaciones.

2. Implementar el sistema Datakal para mejorar su funcionamiento y supervisar el uso adecuado y dar capacitación del mismo.

3. Transmitir y supervisar las necesidades al coordinador de Aéreos para la asignación de pasajes aéreos.

4. Elaborar con el coordinador de Terrestres un plan de necesidades del transporte terrestre en general (movimiento de remises y minibuses en Mar del Plata) así como también los traslados desde y hacia Mar del Plata.

5. Elaborar con el coordinador de Hoteles un plan de necesidades para la contratación de la hotelería en Buenos Aires y en Mar del Plata. Supervisión de las tareas del coordinador de hoteles.

6. Supervisión del coordinador de acreditaciones.

e. 28/9 N° 492.839 v. 28/9/2005