Ministerio de Economía y Producción

PRESUPUESTO

Resolución 531/2005

Modifícase la planilla anexa al Artículo 52 de la Ley Nº 25.967 de Presupuesto General de la Administración para el Ejercicio 2005, con la finalidad de contar con la partida presupuestaria que permita atender la mayor cantidad de pedidos de colocación por Deudas con Proveedores y otras Deudas Consolidadas.

Bs. As., 28/9/2005

VISTO el Expediente Nº S01:0256612/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la Ley Nº 25.967 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 52 de la Ley Nº 25.967 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION fijó en PESOS DOS MIL MILLONES ($ 2.000.000.000) el importe máximo de colocación de BONOS DE CONSOLIDACION y de BONOS DE CONSOLIDACION DE DEUDAS PREVISIONALES, para el pago de las obligaciones contempladas en el Artículo 2º inciso f) de la Ley Nº 25.152, las alcanzadas por el Decreto Nº 1318 de fecha 6 de noviembre de 1998 y las referidas en los Artículos 16 y 17 de la misma Ley, por los importes que en cada caso se indica en la planilla anexa al mismo artículo.

Que del análisis de los formularios de requerimiento de pago ingresados y la evolución de las colocaciones por concepto llevadas a cabo hasta el presente, surge que se han producido desfasajes con relación a los montos previstos originalmente.

Que, por ejemplo, en la citada planilla se previó una partida de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000) para atender Deudas con Provincias, la que no ha sido ejecutada hasta el presente.

Que asimismo, existen partidas para cancelar deudas de origen previsional que muestran un grado de ejecución menor al originalmente previsto.

Que en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, se entiende conveniente realizar una modificación a la Planilla Anexa al Artículo 52 de la Ley Nº 25.967 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, a fin de contar con la partida presupuestaria que permita atender la mayor cantidad de pedidos de colocación por Deudas con Proveedores y otras Deudas Consolidadas.

Que la modificación propuesta no altera el monto total a que se refiere el Artículo 52 antes mencionado.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de la facultad prevista en el tercer párrafo del Artículo 52 de la Ley Nº 25.967 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005.

Por ello,

EL MINISTRODE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase la planilla anexa al Artículo 52 de la Ley Nº 25.967 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, de acuerdo al anexo de la presente resolución.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Roberto Lavagna.

CAPITULO VIII

Planilla anexa al Artículo 52

COLOCACION DE BONOS DE CONSOLIDACION DE DEUDAS

En millones de Pesos

CONCEPTO

TOTAL

Instituto de Ayuda Financiera para el Pago de Retiros y Pensiones Militares

514

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina

197

Servicio Penitenciario Federal, Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina

97

Administración Nacional de la Seguridad Social

332

Deudas con Proveedores

480

Otras deudas consolidadas

380

TOTAL

2.000