MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL

Resolución Nº 6/2005

Bs. As., 13/9/2005

VISTO el Decreto Número 407 del 2 de mayo de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado acto se aprobó la Estructura Organizativa de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL, disponiendo en su artículo 4º que deberá presentarse la propuesta de las "Aperturas Inferiores", en concordancia con lo establecido por el Decreto nº 1545/94 y su Resolución complementaria S.F.P. nº 422/94.

Que atento a ello, se hace necesario adecuar el funcionamiento y la conformación definitiva de las respectivas Unidades que integran la Orgánica de la Institución.

Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION dependiente de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto Nº 1545 del 31 de agosto de 1994 y la Resolución S.F.P. nº 422 del 13 de setiembre de 1994.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébanse las aperturas inferiores de la Estructura Organizativa aprobada por Decreto Nº 407/05 correspondiente a la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL, Organismo Descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, de acuerdo con el Organigrama- Acciones y Dotación que, como Anexos Ia, Ib, Ic, II, IIIa, IIIb, IIIc, IIId, IIIe, IIIf, IIIg, forman parte integrante de la misma.

ARTICULO 2º — Deróguese la Resolución nº 14 de la Presidencia de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL de fecha 18 de Diciembre de 1996.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

(Nota Infoleg: Ver Decisión Administrativa N° 1652/2018 B.O. 5/10/2018 que aprueba la nueva estructura organizativa. Por art. 4° se suprimen las unidades de nivel departamental, y por art. 5° se mantiene la vigencia de las unidades de nivel departamental  aprobadas por la presente Resolución, de conformidad con el detalle obrante en las Planillas Anexas a la norma de referencia)

ANEXO Ia

ANEXO Ib

ANEXO Ic

ANEXO II

DIRECCION DE BENEFICIARIOS

ACCIONES:

1. Efectuar la supervisión de los cómputos, reconocimientos de servicios, formulación de cargos y reajustes de haberes de beneficiarios y afiliados y el asesoramiento técnico sobre las actuaciones que no se ajusten estrictamente a las disposiciones del régimen que administra la Caja, la supervisión de las afiliaciones y contribuciones previsionales.

2. Supervisar la liquidación de las prestaciones concedidas y las retenciones que correspondieren, la transcripción sistematizada y el archivo de la documentación de los pasivos.

3. Fiscalizar el cumplimiento de las normas e instrucciones que se impartan en el ámbito público acerca de las deducciones impositivas y del seguro de vida, y mantener actualizada la información técnica al respecto.

4. Supervisar el cumplimiento de las normas legales del régimen previsional referidas a la información que se imparta al público beneficiario, afiliado y derecho-habiente y las actuaciones pertinentes a la Dirección.

5. Intervenir en la preparación y ejecución de los proyectos de automatización de las tareas, en la programación del anteproyecto de presupuesto anual para pasividades e integrar la Comisión Interna de Equiparaciones.

6. Supervisar los reajustes derivados de la aplicación de las disposiciones legales vigentes en materia de movilidad de haberes.

DEPARTAMENTO PASIVIDADES

ACCIONES:

1. Verificar el cumplimiento de las retenciones legales y administrativas que correspondan.

2. Controlar el cumplimiento de las normas e instrucciones que se impartan en el ámbito público acerca de las deducciones impositivas y del seguro de vida, manteniéndose actualizada la información técnica al respecto.

3. Verificar la presentación en los plazos establecidos de los certificados de existencia y domicilio y dar cuenta de los incumplimientos incurridos por los beneficiarios.

4. Intervenir en los trámites previos a la declaración de extinción del beneficio por el Directorio y fiscalizar las bajas, en el padrón general, de los beneficios otorgados.

5. Controlar las liquidaciones pertinentes a haberes devengados y cargos por haberes percibidos indebidamente.

6. Coordinar la clasificación y archivo de la documentación perteneciente al Departamento.

7. Verificar los reintegros de los haberes depositados con posterioridad al cese de los beneficios.

DEPARTAMENTO ACTIVIDADES

ACCIONES:

1. Efectuar el registro e identificación de las altas y bajas de los afiliados, el archivo de las fichas individuales de afiliación y verificar el tiempo de servicios aportados, licencias y suspensiones de los mismos.

2. Custodiar y atender los legajos de afiliación del personal en actividad calificado con carácter de "secreto". Registrar las altas de afiliación, apertura de sobres, mediante acta, de los que figuren dados de baja o solicitaren su retiro o jubilación como asimismo, en los casos de pensión.

3. Supervisar la realización de los cómputos de retiro, jubilación, pensión, derecho a haber de pasividad y reconocimientos de servicio, analizando las actuaciones a efectos de determinar la procedencia del beneficio a otorgar, acorde con las normas legales vigentes y la fijación del porcentual y rubros a liquidar en los beneficios acordados.

4. Analizar los reconocimientos de servicios emitidos por otros entes previsionales que se pretenden acreditar en ésta.

5. Confeccionar informe del haber de las pensiones a acordar, a fin de determinar su procedencia.

6. Integrar la Comisión Interna de Equiparaciones.

DEPARTAMENTO LIQUIDACION DE SENTENCIAS JUDICIALES

ACCIONES:

1. Efectuar los reajustes derivados de la aplicación de las disposiciones legales vigentes en materia de movilidad de haberes.

2. Efectuar el encuadre y liquidación de sentencias judiciales de carácter previsional.

3. Intervenir en todo lo atinente a los peritajes ordenados en sede judicial.

4. Efectuar el análisis, encuadre, alta y modificaciones de los embargos decretados en sede judicial sobre los haberes de las prestaciones.

5. Efectuar la actualización de haberes impagos por "curatelas o tutorías".

6. Efectuar actualizaciones por desvalorización monetaria.

DEPARTAMENTO INFORMACION PASIVOS

ACCIONES:

1. Asesorar y recibir la documentación relativa a pensiones, retiros, jubilaciones y derechos a haber de pasividad.

2. Controlar el registro de las firmas de los beneficiarios, como asimismo las de sus derecho-habientes, apoderados o representantes.

3. Efectuar las gestiones de los trámites para percepción de beneficios por intermedio de entidades bancarias o similares, representantes legales o apoderados.

4. Fiscalizar el registro de modificaciones de los datos personales de los beneficiarios.

5. Confeccionar certificaciones solicitadas por los beneficiarios.

6. Supervisar la liquidación de asignaciones familiares y las representaciones otorgadas.

7. Coordinar la clasificación y archivo de la documentación perteneciente al Departamento.

DEPARTAMENTO LIQUIDACION DE PRESTACIONES

ACCIONES:

1. Efectuar las liquidaciones de haberes de las prestaciones y las pertinentes a acrecimientos.

2. Asistir a la Dirección de Informática, suministrando toda la información necesaria para mantener actualizados los registros de los beneficiarios y posibilitar su procesamiento automático.

3. Supervisar los listados previos y definitivos producidos por la Dirección de Informática referentes a nuevos servicios, retenciones de cuota parte, acrecimientos y otros.

4. Verificar las tablas técnicas de los haberes.

5. Supervisar las retenciones legales, administrativas y extinción de los beneficios de pensión.

6. Supervisar los ajustes respectivos en los casos de pérdida de derecho al goce de un beneficio.

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

ACCIONES:

1. Brindar asesoramiento jurídico a la Presidencia del Directorio para los acuerdos, denegaciones y/o caducidades de los beneficios que concede el Organismo; supervisar las comunicaciones, oficios y demás mandatos judiciales; supervisar la acreditación de personería de quienes sean designados apoderados y en todo asunto que requiera opinión conforme a derecho y/o cuando se contravertieren cuestiones de hecho.

2. Representar o patrocinar a la Institución en juicios, como actora o demandada, ante todos los Juzgados, Cortes y Tribunales Superiores o Inferiores de cualquier fuero o jurisdicción, delegando en los representantes designados por la Procuración del Tesoro de la Nación, los juicios que tramiten en el interior del País.

3. Efectuar el estudio de títulos y demás trámites para el otorgamiento de las escrituras en que la Institución sea parte, con facultades para solicitar el apoyo notarial necesario; y prestar asistencia jurídica en la interpretación relacionada con los alcances del seguro que atiende el Organismo en materia de créditos hipotecarios.

4. Coordinar las actividades realizadas por el servicio de Asistentes Sociales, y supervisar la instrucción de toda información administrativa relacionada con la tramitación de expedientes previsionales.

5. Instruir las actuaciones administrativas y realizar las investigaciones de esta índole, al personal de la Institución.

6. Intervenir en todo anteproyecto de ley, reglamentación, o cualquier otra norma de interés del Organismo, en lo concerniente a sus aspectos legales.

7. Realizar la recopilación de los antecedentes administrativos y jurisprudenciales que resulten necesarios para el mejor cumplimiento de las funciones asignadas.

DIRECCION DE ADMINISTRACION

ACCIONES:

1. Dirigir y supervisar los servicios contables, económicos, financieros, de suministros, patrimoniales y de recaudaciones y aportes de la Institución.

2. Fiscalizar el movimiento y manejo de los fondos de la Caja.

3. Intervenir en la iniciación de beneficios, dirigir el despacho general y supervisar la elaboración de los proyectos de resolución que el Directorio adopte en materia previsional.

4. Dirigir la elaboración de los anteproyectos de presupuestos plurianuales del Organismo.

5. Actuar como responsable ante el Ministerio de Economía y Producción.

6. Actuar como secretario de actas del Directorio e integrar las Comisiones Internas de Retiros, Jubilaciones y Derechos a Haber de Pasividad; Pensiones; Interpretación; Hacienda y Evaluadora.

7. Administrar los fondos de la Caja Chica.

8. Intervenir en los arqueos que le efectúa al Departamento Tesorería, la Sindicatura General de la Nación y la Auditoría General de la Nación.

9. Intervenir en la coordinación de los servicios generales y de mantenimiento.

10. Intervenir y controlar las liquidaciones de honorarios regulados en sede judicial.

11. Elaborar el informe anual de las políticas implementadas en el Organismo para conocimiento del Congreso de la Nación.

12. Intervenir en la formulación e información de los proyectos de inversión que realiza el Organismo al órgano responsable del Sistema de Inversión Pública.

DEPARTAMENTO DESPACHO GENERAL

ACCIONES:

1. Coordinar las disposiciones vigentes para el cumplimiento en tiempo y forma de los procedimientos administrativos.

2. Efectuar o dejar sin efecto el archivo de expedientes y actuaciones.

3. Supervisar la recepción y el registro de los expedientes, actuaciones y documentación que hayan finalizado su trámite.

4. Efectuar el control, seguimiento y expedición de documentación fuera del Organismo a través de gestores.

5. Resolver las reservas de actuaciones y efectuar las notificaciones de actos administrativos y toma de vistas de los expedientes.

6. Intervenir en el despacho del total de la correspondencia dentro y fuera del País que realiza el Organismo.

7. Controlar y organizar el archivo de los expedientes y actuaciones propias, como también la registración diaria de entrada y salida de los mismos a las distintas oficinas.

DEPARTAMENTO GESTION INICIAL DE BENEFICIOS

ACCIONES:

1. Supervisar la información y asesoramiento de los afiliados y de los derechos-habientes de éstos y de los beneficiarios.

2. Establecer los requisitos y la documentación necesaria para la iniciación y tramitación de las solicitudes de beneficio.

3. Controlar que la documentación, acompañada con las respectivas solicitudes, sea concordante con las normas técnico-previsionales y de procedimientos vigentes.

4. Autorizar en los supuestos que considere especiales, la iniciación de tramitaciones que no se ajusten estrictamente a las normas que rige la Institución.

5. Efectuar el control y seguimiento de las actuaciones, expedientes y documentación en general.

6. Supervisar el registro y distribución de la correspondencia, expedientes y actuaciones que ingresen al Organismo.

DEPARTAMENTO RESOLUCIONES

ACCIONES:

1. Efectuar con opinión fundada los despachos de las Comisiones Internas.

2. Efectuar los anteproyectos de resoluciones del Directorio, conforme al beneficio que se trate y en base a las disposiciones legales en vigencia.

3. Efectuar la recopilación de antecedentes derivados de aquellos casos especiales que fueran resueltos por el Directorio a efectos de su catalogación y clasificación.

4. Efectuar el registro y protocolización, en base a cada reunión del Directorio, de todas las resoluciones administrativas aprobadas.

DEPARTAMENTO TESORERIA

ACCIONES:

1. Ejercer la custodia y manejo de fondos provenientes de recaudaciones o cualquier otro ingreso permanente o eventual, como así también de los valores o documentos que los representen.

2. Realizar las gestiones fuera del Organismo vinculadas con las funciones que le son propias.

3. Ejecutar el pago extraordinario de haberes del personal de la Institución y los haberes mensuales de los beneficiarios; el de los proveedores y cualquier otro concepto.

4. Verificar los ingresos y egresos de fondos de las cuentas bancarias.

5. Supervisar el balance diario del movimiento de caja y banco y la remisión de la documentación pertinente al Departamento Contabilidad y Presupuesto, junto con el detalle de operaciones, saldos y registraciones en libros contables.

6. Controlar los depósitos de garantía de licitaciones y proceder a su devolución conforme con las normas legales vigentes.

7. Realizar el depósito, dentro de los plazos reglamentarios, de los importes descontados de los haberes que se efectivizan.

8. Efectuar los giros bancarios para el pago de haberes previsionales del Organismo, según corresponda, y efectuar el depósito de los embargos judiciales.

9. Efectuar las registraciones en libros de Títulos y Valores en custodia.

10. Controlar los débitos y créditos efectuados por comisiones bancarias.

11. Programar el pago mensual a proveedores y beneficiarios.

12. Participar en los arqueos producidos por la Unidad de Auditoría Interna, la Sindicatura General de la Nación y la Auditoría General de la Nación.

DEPARTAMENTO CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO

ACCIONES:

1. Efectuar y supervisar la registración analítica y el control contable, financiero y patrimonial del presupuesto del Organismo, la liquidación de las erogaciones de haberes y demás gastos administrativos.

2. Supervisar el parte diario enviado por el Departamento Tesorería, haciéndose cargo de la documentación de esas operaciones.

3. Supervisar la tramitación de la rendición de cuentas ante la Unidad de Auditoría Interna, la Sindicatura General de la Nación y la Auditoría General de la Nación.

4. Mantener actualizados los sistemas presupuestarios y contables exigidos por los Organismos de control.

5. Efectuar y supervisar los balances periódicos y la cuenta general de cada ejercicio.

6. Controlar la constitución del fondo de la Caja, conforme las prescripciones de su Ley de creación y modificatorias.

7. Participar en la elaboración de los anteproyectos de presupuestos plurianuales.

8. Realizar la programación y ejecución de las metas físicas en forma trimestral y anual.

9. Registrar y trasmitir en forma diaria la ejecución del gasto y de los recursos al Ministerio de Economía y Producción.

10. Analizar y propiciar las modificaciones presupuestarias y de recursos, de acuerdo a las facultades delegadas, en la distribución de créditos del presupuesto en vigencia del Organismo.

11. Remitir el informe mensual de gastos en personal, mediante el Sistema de Información de Recursos Humanos —SIRHU—, a la Dirección Nacional de Ocupación y Salarios de la Secretaría de Hacienda.

12. Controlar, registrar y verificar el ingreso de los aportes personales y patronales de los afiliados y beneficiarios del Organismo.

13. Proyectar la programación de caja en forma trimestral.

14. Elaborar la programación trimestral de los niveles de autorización del gasto del Organismo.

15. Remitir a la Administración Nacional de Seguridad Social en forma mensual la estadística de las erogaciones de los haberes previsionales del Organismo.

16. Confeccionar, controlar y presentar las retenciones practicadas al personal del Organismo y a los beneficiarios en concepto de Impuesto a las Ganancias mediante el Sistema de Control de Retenciones —SICORE—.

17. Efectuar las conciliaciones bancarias mensuales.

18. Producir informes mensuales para el Ministerio de Economía y Producción.

19. Integrar la Comisión de Hacienda.

DEPARTAMENTO COMPRAS Y SUMINISTROS

ACCIONES:

1. Ejecutar las actuaciones relativas a licitaciones públicas y privadas, contrataciones directas y adquisiciones en general tendientes a lograr el abastecimiento de bienes, obras y servicios y la tramitación de las adjudicaciones destinadas al cumplimiento de los contratos y sus cláusulas, de acuerdo a la normativa vigente.

2. Confeccionar y mantener actualizado el registro de proveedores.

3. Participar en las tramitaciones administrativas tendientes al pago de los servicios públicos.

4. Supervisar el registro analítico del inventario del Organismo y verificar las altas y bajas manteniéndolo actualizado mediante recuentos físicos periódicos e identificación de los bienes.

5. Efectuar el control patrimonial de las dependencias.

6. Remitir a la Auditoría General de la Nación el informe de las contrataciones efectuadas en forma trimestral.

7. Participar en los remates públicos y donaciones de bienes en desuso y rezago.

8. Programar el plan anual de compras según las necesidades de cada una de las dependencias del Organismo.

9. Integrar las Comisiones Internas de Recepción y Rezagos y Evaluadora.

10. Verificar y obtener actualizaciones del catálogo para su correspondiente imputación.

11. Remitir a la Oficina Nacional de Contrataciones la información relacionada con cuadros de precios, dictamen de evaluación, adjudicaciones y ordenes de compra de cada una de las contrataciones.

12. Mantener la comunicación e información permanente con el órgano rector responsable de los sistemas de contrataciones.

13. Realizar el control de stock de los bienes de consumo.

14. Dar intervención a la Subsecretaria de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros en todo lo referente a la adquisición de equipamiento infórmatico.

15. Intervenir con la Dirección de Recursos Humanos y Organización la supervisión de los servicios generales y de mantenimiento.

DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

ACCIONES:

1. Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de planeamiento organizacional y de administración de recursos humanos.

2. Intervenir en la alimentación de la base de datos para la correcta liquidación de los haberes mensuales del personal de la Institución.

3. Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional. Elaborar y proponer las modificaciones de las estructuras organizativas que correspondan en consecuencia.

4. Ejercer la coordinación técnica y jurisdiccional y actualización del sistema de relevamiento y evaluación de los puestos de trabajo, como así también de los procesos, flujos y procedimientos de tareas, proponiendo las modificaciones y simplificaciones pertinentes.

5. Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento de la calidad de los servicios y unidades a cargo de la jurisdicción o entidad, y en aquellos vinculados con la mejora de la atención al público.

6. Custodiar y mantener actualizados los Legajos Unicos del Personal y las bases de datos correspondientes.

7. Coordinar y asistir técnicamente en el proceso de búsqueda, selección e integración del personal.

8. Coordinar técnicamente en el proceso de evaluación de desempeño asistiendo a las autoridades intervenientes y Comités de evaluación en el cumplimiento de sus responsabilidades y en la administración de los resultados del proceso.

9. Coordinar y asistir técnicamente en el proceso de capacitación.

10. Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes.

11. Analizar el esquema general de incentivos al personal y proponer las medidas pertinentes.

12. Mantener relaciones con los representantes gremiales en la administración y negociación de acuerdos o convenios.

13. Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos, de la higiene y seguridad laboral y organización de las estructuras y procedimientos de trabajo.

14. Asistir técnicamente a la Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera.

15. Administrar, coordinar y asistir al Jardín Materno Infantil que funciona en el Organismo.

16. Coordinar con el Departamento Compras y Suministros la supervisión de los servicios generales y de mantenimiento.

DIRECCION DE INFORMATICA Y SISTEMAS

ACCIONES:

1. Coordinar las acciones de su área y realizar los planes estratégicos de sistemas de la Institución.

2. Asesorar y colaborar con las autoridades de la Institución en proyectos y soluciones informáticas, estableciendo las pautas para incorporar la tecnología en los Planes Estratégicos de la misma.

3. Entender en la conducción de la gestión administrativa, patrimonial y de administración de recursos humanos, tecnológicos y servicios generales de esta dirección, supervisando la asignación de los mismos y optimizando su uso.

4. Definir normas, procedimientos herramientas de desarrollo, documentación y seguimiento de los proyectos informáticos.

5. Realizar el análisis de factibilidad de proyectos informáticos y planificar el desarrollo y la puesta en marcha de los sistemas de la Institución teniendo en cuenta el Plan Estratégico de la misma, definiendo el alcance, objetivos, riesgos, resultados y etapas de los proyectos.

6. Desarrollar en forma interna o definir las pautas para el desarrollo externo de los sistemas planificados siguiendo las normas dispuestas por la Institución para este tipo de tareas.

7. Analizar funcional y técnicamente, los sistemas a desarrollar, programar, documentar, controlar su calidad e implementar los mismos, de acuerdo a las pautas y estándares fijados por esta Dirección.

8. Mantener el eficiente funcionamiento de los sistemas de información que se encuentren implementados y de la plataforma informática de la Institución.

9. Analizar y proponer normas y procedimientos para la optimización de los sistemas de información vigentes.

10. Ejecutar las tareas de operación, control interno, emisión de reportes y listados y resguardo de los datos de los diferentes sistemas de la Institución.

11. Definir y ejecutar políticas de actualización tecnológica de la plataforma informática, de uso de Internet y sus servicios y de seguridad física y lógica de redes y sistemas informáticos.

12. Coordinar las tareas de administración y operación del software de base utilizado en la plataforma informática, Controlando el rendimiento de equipos y sistemas y proponiendo los cambios necesarios para mantener un nivel de servicios acorde a las necesidades de los usuarios.

13. Definir y ejecutar políticas de asistencia, soporte técnico, resguardo y recuperación de la información de usuarios finales.

14. Planificar, desarrollar, implementar y mantener las redes de datos y comunicaciones de la Institución.

15. Controlar el funcionamiento de los sistemas de seguridad física y lógica de las redes y los servicios de información de la Institución.

16. Investigar nuevas tecnologías relacionadas tecnología informática y seguridad de redes y sistemas de información.

17. Administrar los sistemas de seguridad y control que habilitan permitan el acceso a los servicios y sistemas a los distintos usuarios

18. Entender en el desarrollo e implementación de facilidades, normas y procedimientos, que permitan la optimización de los sistemas y el uso de los equipos instalados.

19. Elaborar la previsión de requerimientos presupuestarios de la Dirección de Informática y Sistemas.

20. Establecer pautas en materia de costos de desarrollo e implementación de proyectos informáticos.

21. Definir la adquisición o contratación de bienes y servicios informáticos sobre la base de estándares fijados para tal fin por las organizaciones del Poder Ejecutivo rectoras de este tema.

22. Entender en la contratación, desarrollo, promoción y capacitación del personal de esta dirección.

23. Participar en las comisiones, congresos y demás eventos relativos a sistemas de información e informática que se realicen tanto en el ámbito nacional como internacional, en particular los referentes a aplicaciones pertinentes.

ANEXO IIIa

ANEXO IIIb

ANEXO IIIc

ANEXO IIId

ANEXO IIIe

ANEXO IIIf

ANEXO IIIg

e. 11/10 Nº 493.840 v. 11/10/2005

— ACLARACION —

MINISTERIO DEL INTERIOR

SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR

CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL

Resolución N° 6/2005

En la edición del 11 de octubre de 2005, en la que se publicó como Aviso Oficial la mencionada Resolución, se deslizó en el ANEXO IIIa el siguiente error de imprenta:

DONDE DICE:

ANEXO IIIa

DEBE DECIR

ANEXO IIIa

e. 18/10 N° 493.840 v. 18/10/2005