Dirección Nacional de Protección Vegetal

SANIDAD VEGETAL

Disposición 16/2005

Establécese el período de inscripción de Unidades Mínimas de Inscripción en la región patagónica, en relación con el Programa para la Exportación de Manzanas, Peras y Membrillos con destino a la República Federativa del Brasil, bajo un Sistema de Mitigación de Riesgo de Carpocapsa. Inscripción de establecimiento de empaque y frigoríficos de la mencionada región.

Bs. As., 26/10/2005

VISTO el expediente Nº S01- 0339009 /2005 y la Resolución Nº 891 del 20 de diciembre de 2002, ambos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución SENASA Nº 891/02 se aprobó el Programa para la Exportación de Manzanas, Peras y Membrillos de la República Argentina, con destino a la República Federativa del Brasil, bajo un Sistema de Mitigación de Riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonella, L.)

Que el artículo 3º de la citada Resolución faculta a la Dirección Nacional de Protección Vegetal a disponer los lugares y fechas de apertura y cierre de la inscripción en el Programa y ejecutar las modificaciones operativas que correspondan.

Que es menester establecer el período de inscripción para la campaña 2005/2006 en la región patagónica.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta es competente para dictar el presente acto, de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 3º de la Resolución Nº 891 del 20 de diciembre de 2002 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL

DISPONE:

Artículo 1º — Establécese el período de inscripción de Unidades Mínimas de Inscripción (UMI) en la región patagónica, para el Programa para la Exportación de Manzanas, Peras y Membrillos de la República Argentina, con destino a la República Federativa del Brasil, bajo un Sistema de Mitigación de Riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonella, L.) desde el 1 (primero) al 30 (treinta) de noviembre de 2005, bajo los procedimientos que la Coordinación Regional del Sistema de Mitigación de Riesgo determine.

Art. 2º — Establécese el período de inscripción de establecimientos de empaque y frigoríficos en la región patagónica, para el Programa para la Exportación de Manzanas, Peras y Membrillos de la República Argentina, con destino, a la República Federativa del Brasil, bajo un Sistema de Mitigación de Riesgo de Carpocapsa (Cydia pomonella, L.) desde el 1 (primero) al 30 (treinta) de noviembre de 2005.

Art. 3º — La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Diana M. Guillén.