Secretaría de Energía

ENERGIA ELECTRICA

Resolución 1374/2005

Ratifícase el aporte al Fondo Fiduciario para Atender a la Financiación de las Ampliaciones de Transporte, constituido por la Resolución Nº 23/2005.

Bs. As., 2/11/2005

VISTO el Expediente Nº S01:0330939/2005 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 23 del 24 de enero de 2005 se constituyó el Fondo Fiduciario para Atender a la Financiación de las Ampliaciones de Transporte (en adelante el Fondo Fiduciario).

Que mediante la Nota de la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Nº 844 del 23 de septiembre de 2005 se instruyó a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) a reintegrar al FONDO UNIFICADO los recursos que se encontraban disponibles para su uso en dicho fondo, a la fecha del dictado de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 406 del 8 de septiembre de 2003, conforme el Artículo 2º de dicha norma y que tal monto sea destinado, como aporte reintegrable al FONDO UNIFICADO, a la integración de una cuenta del Fondo Fiduciario constituido por el Artículo 1º de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 23 del 24 de enero de 2005, con el objeto de financiar la construcción de las obras de transporte que determine específicamente esta SECRETARIA DE ENERGIA, aplicando para cada caso la metodología establecida en dicha resolución.

Que mediante el Convenio suscripto entre esta SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION y EL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA de fecha 14 de octubre de 2005 se acordó, en relación con la financiación para la construcción de la "E.T. 500/132 kV - 1 x 300 MVA Arroyo Cabral" que se vinculará al Sistema de Transporte en Extra Alta Tensión mediante el seccionamiento de la "Línea de 500 Kv" que une las "E.E.T.T. Rosario Oeste y Almafuerte", financiar la construcción de la "E.T. Arroyo Cabral", hasta la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($ 25.000.000), a través del Fondo Fiduciario constituido por el Artículo 1º de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 23 del 24 de enero de 2005 y con la metodología establecida en dicha Resolución y en instruir a la EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGIA DE CORDOBA (EPEC), beneficiario total de la citada ampliación del Sistema de Transporte en Extra Alta Tensión, a devolver los fondos aportados por el mencionado Fondo Fiduciario, con un interés equivalente al rendimiento medio mensual obtenido por la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) en sus colocaciones financieras, en VEINTICUATRO (24) cuotas a partir de la fecha de habilitación comercial de la ampliación.

Que corresponde instruir a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) acerca de la implementación de dicha financiación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado oportunamente la intervención que le compete conforme lo establecido por el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del Artículo 12 del Decreto Nº 2743 del 29 de diciembre de 1992, el Artículo 37 de la Ley Nº 15.336 y de los Artículos 35, 36 y 85 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA

RESUELVE:

Artículo 1º — Ratifícase el aporte al Fondo Fiduciario para Atender a la Financiación de las Ampliaciones de Transporte (en adelante el Fondo Fiduciario), reintegrable al FONDO UNIFICADO, establecido en la Nota de la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Nº 844 del 23 de septiembre de 2005.

Art. 2º — Inclúyese dentro de las obras a prefinanciar con el Fondo Fiduciario la construcción de la "E.T. 500/132 kV - 1 x 300 MVA Arroyo Cabral" que se vinculará al Sistema de Transporte en Extra Alta Tensión mediante el seccionamiento de la "Línea de 500 kV" que une las "E.E.T.T. Rosario Oeste y Almafuerte", de acuerdo al Convenio suscripto entre la SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION y EL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, cuya copia autenticada consta en el Anexo de la presente resolución.

Art. 3º — Instrúyese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) a garantizar las obligaciones de pago derivadas de la realización de la obra citada en el artículo anterior, hasta la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($ 25.000.000), cumplimentando la metodología establecida en la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 23 del 24 de enero de 2005.

Art. 4º — Instrúyese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) a recuperar del beneficiario total de la citada ampliación del Sistema de Transporte en Extra Alta Tensión, la EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGIA DE CORDOBA (EPEC), en VEINTICUATRO (24) cuotas a partir de la fecha de habilitación comercial de la ampliación., los fondos aportados por el mencionado Fondo Fiduciario, con un interés equivalente al rendimiento medio mensual obtenido por la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) en sus colocaciones financieras.

Art. 5º — Facúltase al Señor Subsecretario de Energía Eléctrica a efectuar todas las comunicaciones que sea menester a los efectos de interactuar con el ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED), resolviendo las cuestiones relativas a la aplicación e interpretación de la presente resolución.

A los efectos de las comunicaciones relativas a la aplicación de la presente resolución, se deberá entender que el Señor Subsecretario de Energía Eléctrica actúa en nombre de la SECRETARIA DE ENERGIA.

Art. 6º — Notifíquese a la COMPAÑIA. ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), a la EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGIA DE CORDOBA (EPEC) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE).

Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Daniel Cameron.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar