Administración Federal de Ingresos Públicos

IMPUESTOS

Resolución General 1963

Impuestos varios. Protocolo Adicional Fiscal Aduanero del Tratado de Yacyretá. Obras en la Provincia de Misiones. Exención. Régimen de compensación y/o devolución del impuesto al valor agregado y de los impuestos internos. Resolución General Nº 773 y su modificatoria. Su modificación.

Bs. As., 7/11/2005

VISTO el Protocolo Adicional Fiscal y Aduanero suscripto en cumplimiento de lo previsto en el artículo XVIII, inciso c) del Tratado de Yacyretá, ratificado mediante Ley Nº 20.646, y la Resolución General Nº 773 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado protocolo adicional dispone la exención del pago de todo impuesto, tasa o contribución que grave las obras a que se refiere el mismo y que los contratistas, subcontratistas y proveedores de la Entidad Binacional Yacyretá se encuentran alcanzadospor dicha franquicia en relación con los tributos trasladables a las mencionadas obras.

Que mediante la resolución general del visto, se dispusieron los requisitos y condiciones a los cuales deberán ajustarse los contribuyentes y responsables, para acceder al citado beneficio con relación a las obras comprendidas en el Anexo B del Tratado de Yacyretá cuando actúen en carácter de comitentes, aun cuando las operatorias se materialicen bajo la modalidad de reintegros y siempre que el costo de las transacciones sea soportado por la mencionada entidad binacional.

Que en virtud de ello, corresponde aplicar idéntico tratamiento exentivo a las obras detalladas en las Actas Complementarias Nº 1 del 17 de diciembre de 2004, denominada "Obras básicas desagües y pavimento de la AV. Cabo de Hornos - Ciudad de Posadas", Nº 2 del 17 de diciembre de 2004, denominada "Obras básicas y pavimento de la Av. Tránsito Cocomarola - Ciudad de Posadas" y Nº 3 del 17 de diciembre de 2004, denominada "Obras tratamiento costero Posadas – Costanera Este - Tramo Rotonda de Calle Bolívar - Puente Internacional San Roque González de Santa Cruz - Etapa IV".

Que consecuentemente procede adecuar la Resolución General Nº 773 y su modificatoria, contemplando las obras referidas en las citadas actas, mediante su inclusión en la nota aclaratoria al artículo 1º.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Asesoría Legal Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase la Resolución General Nº 773 y su modificatoria, en la forma que se indica a continuación:

- Sustitúyese en el Anexo I, la nota aclaratoria (1.1.) por la siguiente:

"(1.1.) Convenio de fecha 25 de julio de 1997, Convenio Complementario Nº 1 y Actas Complementarías Nº 3 de fechas 16/04/99 y 13/09/02. Actas Nros. 1, 2 y 3 del 17 de diciembre de 2004, complementarias al texto ordenado del convenio marco celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Misiones y la Entidad Binacional Yacyretá aprobado por la Resolución EBYCE Nº 5780/04 y el Decreto Nº 1.084/04 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Misiones.".

Art. 2º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.