PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 744/2005

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, a fin de adecuar correlativamente los créditos correspondientes a las Jurisdicciones 75 - Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y 85 - Ministerio de Desarrollo Social.

Bs. As., 16/11/2005

VISTO el Expediente E-36084-2005 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la Ley Nº 25.967 y la Decisión Administrativa Nº 1 del 11 de enero de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 11 de la Ley Nº 25.967 se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros a disponer las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias dentro del total aprobado por la misma ley, sin sujeción a los artículos 37 de la Ley Nº 24.156 y 15 de la Ley Nº 25.917.

Que, por otra parte, en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, oportunamente fueron dictadas las Resoluciones MDS Nº 032/2004 y Nº 1121/2005, por las que, respectivamente, fueron aprobados el CONVENIO MARCO PARA LA EJECUCION DEL COMPONENTE MATERIALES DEL PROGRAMA JEFE DE HOGAR y el ACTA COMPLEMENTARIA del mismo, ambos instrumentos suscriptos por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que el indicado CONVENIO tiene, entre sus objetivos, el de establecer vínculos de cooperación para reglamentar y financiar la provisión de materiales correspondientes a la Tipología 6 "Actividades Socio-Productivas", en el marco del Préstamo BIRF 7157-AR, con destino al COMPONENTE MATERIALES del PROGRAMA JEFES DE HOGAR, con destino al fortalecimiento del desarrollo de actividades socio-productivas y de servicios que generen capital social, para coadyuvar al desarrollo local y regional.

Que, por su parte, el ACTA COMPLEMENTARIA tiene por objeto agregar los Items 6 y 7 a la Cláusula CUARTA, del CONVENIO antes referido, adecuándose así las funciones y obligaciones del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL previstas en el CONVENIO.

Que por el Items 6, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL debe responder financieramente, ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por los montos de financiación correspondientes a insumos, herramientas y la asistencia técnica específica de los proyectos aprobados en el marco de la indicada Tipología 6 "Actividades Socio-Productivas" en concepto de aporte de "DESARROLLO SOCIAL" al Programa.

Que por el Items 7, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL debe responder financieramente, ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por los montos de financiación correspondientes a insumos, herramientas y todos los gastos que genere la asistencia técnica específica a los proyectos aprobados en el marco de la indicada Tipología 6 "Actividades Socio-Productivas" que, por su ciclo de maduración, no sean susceptibles de ser financiados por el Préstamo BIRF 7157-AR.

Que, en función de las adecuaciones introducidas por el indicado ACTA COMPLEMENTARIA resulta necesario adecuar correlativamente los créditos presupuestarios correspondientes a las Jurisdicciones 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y 85 – MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente medida se encuadra en las disposiciones que establecen el Artículo 11 de la Ley Nº 25.967 y el artículo 3º de la Decisión Administrativa 1/05.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2005, de acuerdo al detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna. — Alicia M. Kirchner.

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NOTA: Las Planillas Anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar