REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Disposición 742/2005

Incorporación de la operatoria correspondiente a la "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito" en los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos con jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Bs. As., 10/11/2005.

VISTO la Disposición D.N. Nº 515/03, y

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de la norma mencionada en el VISTO, entró en vigencia en los Registros Seccionales con jurisdicción territorial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la operatoria mediante la cual en forma previa a la inscripción de determinados trámites se debe solicitar el informe de deuda por infracciones de tránsito utilizando a tal fin el Formulario "13 I" Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito.

Que dicha norma se aplica en cumplimiento del Convenio de Complementación de Servicios suscripto entre esta Dirección Nacional y la Dirección General Administrativa de Infracciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 7 de marzo de 2002, y su Addenda del 27 de noviembre del mismo año.

Que la cláusula primera del citado convenio establece su aplicación en los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios con jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin distinción de la competencia específica que los mismos detentan.

Que, sometido aquél a la consideración de la Coordinación de Asuntos Normativos y Judiciales, ésta concluyó que resulta de aplicación, "en los términos de su cláusula tercera, a los automotores de la especie motovehículos" (Memorando dirigido al Departamento Rentas de fecha 17 de agosto de 2005).

Que, en consecuencia, deben entenderse comprendidos en sus previsiones los Registros Seccionales con competencia exclusiva en Motovehículos.

Que, encontrándose reunidas las condiciones al efecto, corresponde ampliar esa operatoria a estos Registros Seccionales de la jurisdicción mencionada.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso c), del Decreto Nº 335/88.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

Artículo 1º — Incorpórase, a partir del 14 de noviembre de 2005, la operatoria correspondiente a la "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito" en los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos con jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con las previsiones contenidas en las Disposiciones D.N. Nros 515/03 y 395/04.

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel A. Gallardo.