ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Resolución N° 54/2005

Asunto: PUERTO VILLA CONSTITUCION S.R.L. Prórroga habilitación provisoria.

Bs. As., 15/11/2005

VISTO, la presentación efectuada por Puerto VILLA CONSTITUCION S.R.L. de la actuación SIGEA Nº 12048-1503-2005, y

CONSIDERANDO:

Que en la misma se solicita se conceda una prórroga de la habilitación aduanera del Puerto VILLA CONSTITUCION S.R.L., otorgada con carácter provisoria por un plazo de NOVENTA (90) días, según lo previsto por la Resolución Nº 030/05 (DGA).

Que se encuentra acreditada la continuidad de la situación que diera origen a la solicitud de habilitación aduanera del Puerto de VILLA CONSTITUCION S.R.L.

Que en el caso, ha emitido opinión favorable la SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS a través de la DIRECCION DE ASESORIA LEGAL ADUANERA mediante dictamen de su competencia.

Que en autos ha tomado la debida intervención la División Aduana de VILLA CONSTITUCION, la Dirección Regional Aduanera ROSARIO y las Subdirecciones Generales Técnico Legal Aduanera y de Operaciones Aduaneras del Interior de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS.

Que la presente se dicta en ejercicio de la facultades conferidas por el artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de Julio de 1997.

Por ello;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Prorrogar la habilitación aduanera otorgada mediante Resolución Nº 030/05 DGA), por el término de NOVENTA (90) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido, con igual carácter e idéntico alcance.

(Nota Infoleg: Por art. 1º de la Resolución Nº 16/2006 de la Dirección General de Aduanas B.O. 15/03/2006, se prorroga la habilitación aduanera por el término de NOVENTA (90) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido, con igual carácter e idéntico alcance)

ARTICULO 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera ROSARIO y la División Aduana de VILLA CONSTITUCION. — Dr. RICARDO ECHEGARAY, Director General de Aduanas.

e. 21/11 N° 497.802 v. 21/11/2005